En sus fundamentos, el juez Jorge Novarina dijo que el episodio llevado a juicio en la ciudad de Esquel se produjo en un contexto en el que la circulación de civiles y no exceptuados los decretos vigentes era hasta las 20, limitada a las cuestiones de primera necesidad.
En función de estas circunstancias, sostuvo que «cualquier transeúnte que circulara fuera del horario permitido, debía ser, como mínimo identificado, para establecer la razón de su permanencia, si contaba o no con autorización que el exceptúe, o si existía alguna justificación humanamente atendible que le dispense «.
Esta noche, los efectivos policiales recibieron la noticia del robo de dinero y una notebook, ocurrido en una vivienda. La damnificada sostuvo que fue una persona con ropa oscura, encapuchada y con la cara tapada con un cuellito que se había dado a la fuga por la calle Costera. El denunciante fue interceptado por el móvil en 25 de Mayo y Costera, vistiendo ropas oscuras.
La situación que se dio en ese momento fue vivida por el denunciante como intimidante. Se asustó y huyó refugiándose en la casa de su amigo. Los policías tenían sospechas sobre él y la huida desencadenó su persecución.
«En este sentido, todas las circunstancias se encontraban reunidas y dadas para que se emprendiera persecución al fugado, y por otro lado, la abundante presencia policial adquiría significación ante la existencia de un delito contra la propiedad que había sido cometido instantes antes en los alrededores «.
LAS DUDAS A FAVOR DEL POLICÍA
La manera en que ingresaron los efectivos a su domicilio en el que se refugió el denunciante dejó dudas al juez, quien las ponderó en favor del imputado. El denunciante sostiene que los efectivos violentaron la puerta, pero Bassani dijo que no llegaron a cerrarla tras el ingreso del denunciante y que ni siquiera encendieron la luz en el interior de domicilio cuando, dando continuidad a la persecución, ingresó la policía.
El proceder de la policía en el interior de domicilio tampoco resultó abusivo para el juez, considerando que en estas circunstancias obraron de acuerdo a lo previsto en la ley.
El magistrado, tras analizar cada tramo del suceso, entendió que «la actuación del oficial Bassani se mantuvo dentro de los parámetros de legalidad exigidos por el ordenamiento procesal. Que la conducta del denunciante negado a ser interrogado cuando correspondía que esto ocurriera, desencadenó un despliegue con consecuencias inesperadas para el personal policial, no para quien en definitiva terminó denunciando, ya que había que asumir que escaparse de la policía sin responder los interrogantes implicaría lógicamente que fuera perseguido y reducido para aclarar las ocurrencias «.
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Fuente: elpatagonico.com