ANMAT prohíbe productos para el cuidado del cabello y insumo médico
La ANMAT dispuso la prohibición del uso, comercialización, distribución y publicidad de una amplia serie de productos para el cuidado del cabello y de un insumo médico utilizado en odontología, tras detectar que se ofrecían al público sin contar con la debida autorización sanitaria y, en algunos casos, con potencial riesgo para la salud.
Productos capilares sin autorización sanitaria
En dos de las resoluciones, el organismo sanitario prohibió una decena de tratamientos capilares de las marcas GOOD HAIR y SILKDROP, que incluían alisados, botox capilar, keratinas, shock de reconstrucción, lifting y productos de “efecto espejo”.
Según detalló la ANMAT, tras consultar su base oficial de cosméticos habilitados, no se encontró ningún registro sanitario que coincidiera con los datos consignados en los rótulos de esos productos. Además, se comprobó que eran comercializados a través de sitios web y plataformas de comercio electrónico, con envíos a todo el país.
El organismo alertó especialmente sobre la presencia de alisadores capilares no autorizados, que podrían contener formol (formaldehído) como principio activo, una sustancia prohibida para ese uso debido a sus efectos nocivos.
Riesgos para la salud
La ANMAT advirtió que la exposición a vapores de formol puede provocar, en el corto plazo, irritación de la piel y los ojos, ardor, picazón, lagrimeo, molestias en la garganta y la nariz, tos y alteraciones del tracto respiratorio, tanto en quienes utilizan el producto como en quienes lo aplican de manera profesional.
En exposiciones prolongadas o repetidas, el organismo señaló que pueden desarrollarse cuadros de hipersensibilidad, dermatitis alérgica e incluso un aumento en la probabilidad de ciertos tipos de cáncer, especialmente nasofaríngeos.
Debido a que se desconoce el establecimiento elaborador, la formulación real y las condiciones de fabricación de los productos prohibidos, el organismo remarcó que no es posible garantizar su seguridad, eficacia ni calidad, lo que motivó la prohibición total en todo el territorio nacional.
Insumo médico no autorizado
En paralelo, la Disposición 605/2026 prohibió el uso, comercialización y distribución del producto identificado como “HILO PARA SUTURA FARMADENTAL – MR 10 metros”, utilizado en prácticas odontológicas.
La medida se adoptó luego de una serie de inspecciones realizadas en establecimientos de San Luis, Córdoba y la Ciudad de Buenos Aires, donde se detectaron unidades sin número de lote, fecha de fabricación, vencimiento ni registro sanitario.
Al no haber sido evaluados por la autoridad sanitaria, estos productos fueron considerados ilegítimos y potencialmente riesgosos, ya que no existen garantías sobre su esterilidad, resistencia ni comportamiento en procedimientos clínicos.
Acciones tomadas
Las prohibiciones rigen en todo el país e incluyen la obligación de retirar los productos del mercado, suspender su publicidad y dar de baja las publicaciones en plataformas de venta online. Las autoridades sanitarias provinciales y de la Ciudad de Buenos Aires ya fueron notificadas para reforzar los controles.
Desde la ANMAT recomendaron a consumidores, peluqueros, esteticistas y profesionales de la salud verificar siempre que los productos cuenten con inscripción sanitaria oficial, evitar compras por canales informales y denunciar cualquier irregularidad detectada.
Conclusión
La ANMAT ha tomado medidas para proteger la salud pública al prohibir productos para el cuidado del cabello y un insumo médico no autorizados. Es fundamental que los consumidores y profesionales de la salud verifiquen la habilitación de los productos que utilizan y denuncien cualquier irregularidad para evitar riesgos para la salud.







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