ARCA podrá embargar a pequeños contribuyentes: qué dice la norma
En la última semana del 2024, el Gobierno habilitó nuevamente la posibilidad de que la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) inicie juicios o imponga trabas por incumplimientos tributarios a los contribuyentes. Esta medida, que afecta a miles de contribuyentes, excluyó únicamente a entidades sin fines de lucro o empresas de salud, quienes ahora se exponen a embargos en sus cuentas por no cumplir con sus obligaciones.
La Resolución 1445/2024 del Ministerio de Economía, publicada en diciembre en el Boletín Oficial, fue la encargada de restablecer esta posibilidad que había estado suspendida. Sin embargo, la norma extiende la suspensión del inicio de juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares para entidades sin fines de lucro y contribuyentes del sector salud hasta el 31 de julio de 2025.
Al inicio de la gestión de Javier Milei, la extitular de la exAFIP, Florencia Misrahi, había dispuesto mantener el periodo de gracia de los embargos, que ya venía vigente desde el gobierno anterior debido a la crisis económica. Sin embargo, a partir del 1 de enero de 2025, según la nueva resolución, vuelven los juicios y embargos del fisco contra los contribuyentes en mora respecto de sus obligaciones.
La normativa del Régimen de Regularización Excepcional de Obligaciones Tributarias, Aduaneras y de la Seguridad Social permite regularizar las obligaciones impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social vencidas hasta el 31 de marzo de 2024, incluyendo multas, sanciones firmes, intereses resarcitorios y/o punitorios.
La resolución original, que tenía como fecha límite julio de 2024, fue prorrogada en dos ocasiones, y ahora las entidades sin fines de lucro y los contribuyentes del sector salud cuentan con una extensión de tiempo para regularizar su situación.
Salud y entidades sin fines de lucro, los sectores exceptuados
La norma extiende la suspensión del inicio de juicios de ejecución fiscal y la traba de medidas cautelares para entidades sin fines de lucro y contribuyentes del sector salud. Entre los considerandos de la resolución se destaca la persistencia de las circunstancias particulares que atraviesan ambos sectores, lo que motivó la implementación de la medida inicialmente en enero de 2024.
El objetivo de esta extensión es brindar alivio a dos sectores clave para el desarrollo social y económico del país, permitiéndoles afrontar sus obligaciones fiscales en un contexto más favorable.
En resumen, la posibilidad de embargo por incumplimientos tributarios ha sido restablecida para la mayoría de los contribuyentes, a excepción de entidades sin fines de lucro y empresas de salud. Esta medida busca regularizar la situación fiscal de aquellos que se encuentran en mora y garantizar el cumplimiento de sus obligaciones.
Con esta nueva normativa, se espera que los contribuyentes tomen las medidas necesarias para regularizar su situación y evitar posibles embargos en el futuro. La extensión del plazo para entidades sin fines de lucro y el sector salud ofrece un margen adicional para poner al día sus obligaciones fiscales.
