Son subidas para las grandes industrias que llegan al 73% y que seguramente provocarán una subida de la inflación por traslado a los precios
Para Andrés Sanguinetti
11/05/2022 – 15:40
El mismo día se acordó el inicio de las audiencias públicas que marcarán un nuevo rumbo para la tarifas de servicios públicosel Gobierno acaba de definir que las empresas deben pagar hasta un 70% más por la electricidad que consumen.
La decisión se encauzó a través de dos resoluciones del Ente Nacional de Electricidad (ENRE) por instrucción del Secretario de Energía, Darío Martínez y fueron publicadas en el Diario Oficial el martes 10 de mayo.
Mediante las resoluciones 145 y 146, el organismo dirigido por Soledad Manín y dependiente del Ministerio de Economía ordena a Edesur y Edenor la aplicación de los nuevos cuadros tarifarios para usuarios mayoristas, es decir, para las industrias clientes de ambas distribuidoras.
Es sobre consumidores identificados como GUDI, quienes, según la categoría, comenzarán a pagar entre el 58% a partir del próximo 1 de mayo para los de baja tensión, mientras que para los considerados de alta tensión el aumento llegará al 73% con relación a lo que venían pagando hasta ahora.
Tarifas: subidas para grandes industrias que llegan al 73%
Tarifas: ¿a qué corresponden estos aumentos?
Estas subidas corresponden al precio estacional de estos grandes usuarios que las distribuidoras no se vean impactadas en sus ecuaciones financieras, golpeadas por años de congelamientos y por ajustes menores a la evolución inflacionaria.
Es evidente que, a pesar de que el coste de la energía no es un componente esencial en la estructura de las empresas, gran parte de estas subidas se trasladarán a los precios de sus productos, lo que ejercerá más presión sobre la inflación que tanto . busca pelear con el presidente Alberto Fernández.
Ya el año pasado, las industrias tuvieron que sumar a sus costos un subir el precio de electricidad que llegó a superar el 70%.
Según un reporte publicado por el sitio especializado ecojournal.com, con las nuevas tablas, la de GUDI pasarán a pagar un precio promedio de energía de $13,675 por cada megavatio por hora (MWh) consumido, lo que triplica lo que paga un hogar promedio en Capital Federal y el Conurbano.
Los incrementos seguramente provocarán a su vez un repunte de la inflación por traslado a los precios
Detalle de las subidas
Él EN RE aclara que el Ministerio de Energía, a través de la Resolución N° 305 del 29 de abril, “estableció los Precios de Referencia de la Energía (POTREF) y el Precio Estabilizado de la Energía (PEE) en el Mercado Eléctrico Mayorista (MEM) que los Agentes Distribuidores y demás Proveedores de el Servicio Público de Distribución que lo requieran, de conformidad con lo dispuesto en la Resolución N° 137 de 30 de noviembre de 1992, durante el período comprendido entre el 1 de mayo y el 31 de octubre de 2022”.
En ese sentido, agrega que para el Grandes usuarios con capacidades superiores a 300 kW (GUDI) General, el precio de referencia por capacidad es de $376.617/MW-mes; el precio de la energía estabilizado para cada franja horaria es: pico $13.682/MWh, valle $13.669/MWh y resto $13.675/MWh.
Por decisión del ENRE, grandes industrias sufrirán aumento de precio en sus facturas eléctricas
En el caso de Grandes usuarios con capacidades superiores a 300 kW (GUDI), Organismos Públicos y Entidades prestadoras de Servicios Públicos de Salud y Educación, el precio de referencia por capacidad es de $80.000/MW-mes; el precio de la energía estabilizado para cada franja horaria es: pico $4.563/MWh, valle $4.169/MWh y resto $4.367/MWh.
Para el usuarios no residenciales, el precio de referencia de la potencia es de $80.000/MW-mes; el precio de la energía estabilizado para cada franja horaria es: pico $3.183/MWh, valle $2.892/MWh y resto $3.038/MWh.
Y para usuarios residenciales, el precio de referencia de la potencia es de $80.000/MW-mes; el precio estabilizado de Energía para cada franja horaria es: pico $2.482/MWh, valle $2.246/MWh y resto $2.364/MWh.
La resolución también establece que tanto Edenor y Edesur deberá tener en cuenta para calcular, de acuerdo al consumo mensual de cada usuario, el monto del subsidio correspondiente, el cual deberá identificarse como “Subsidio del Estado Nacional” en las facturas de sus usuarios.
Dicho concepto debe incorporarse de forma destacada en el apartado de la factura que contiene la información para el usuario.
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Fuente: iprofesional.com