La Sala Criminal y Correccional Nacional confirmó este martes la acusación y prisión preventiva de los imputados detenidos por la violación en grupo de una joven de 21 años ocurrida el 28 de febrero dentro de un automóvil cerca de Plaza Serrano, en el barrio porteño. fuentes judiciales informadas.
La Sala VII de la referida Sala rechazó los recursos interpuestos por las defensas de tres de los imputados -los otros tres no recurrieron-, quedando así todos detenidos como presuntos coautores de un «abuso sexual con acceso carnal, agravado por la intervención de dos o más personas”, delito que prevé de 8 a 20 años de prisión.
Así, los dos tres imputados que recurrieron, Thomas Fabián Domínguez (21), Franco Jesús Lykan (23) e Ignacio Retondo (22); como los otros tres que no lo hicieron, Ángel Pascual Ramos (23), Lautaro Dante Ciongo Pasotti (24) y Steven Alexis Cuzzoni (19); Permanecerán en prisión y han estado en la cúspide del fiscal del caso, Eduardo Rosende, solicitando un juicio oral para ellos, aunque aún esperan los resultados de una serie de pruebas de ADN que podrían resultar críticas.
Con esta sentencia -a la que Télam tuvo acceso-, los camarógrafos confirmaron la acusación que el Juez 21 de lo Criminal y Correccional, Marcos Fernández, había dictado el 15 de marzo a los seis imputados por este delito sexual y, en el caso de Retondo y Domínguez, También agregaría un cargo por las «heridas leves» que le infligieron a un testigo.
Si bien el fiscal Rosende apeló a que la Sala enjuiciara también a los otros cuatro imputados por estos daños, la Sala VII consideró que, en todo caso, si surgen elementos para hacerlo, es el fiscal y el juez de instrucción quienes deben ampliar la imputación. pregúntales al respecto.
“Los elementos reseñados permiten afirmar que… (se conserva la identidad de la víctima) presentaba un evidente estado de vulnerabilidad que no podía pasar desapercibido para todos los imputados”, señalan los camarógrafos Mariano Scotto y Juan Esteban Cicciaro.
Agregaron: “Con conocimiento de la indefensión de la víctima, es claro que los seis imputados planeaban trasladarla al vehículo de uno de ellos para continuar con las prácticas sexuales, que en realidad ya se habían producido, al menos según la registros fílmicos, con un beso de Cuzzoni (secuencia 13:10), un manoseo en el vientre de Domínguez (13:46) y Ramos que le agarra el pantalón (13:47)”.
En el proceso confirmado este martes, el juez Fernández consideró que los seis actuaron con «un plan previo, con acuerdo de voluntades y roles», además de que no todos habían participado activamente en el abuso sexual con acceso carnal de la víctima, a la que calificó como una «agresión sexual masiva».
Esta idea fue respaldada por los camarógrafos cuando indicaron que “la tarea del grupo no requería del conocimiento previo de sus integrantes ni formalidades mayores que la acción conjunta observada en el rodaje”.
“Es evidente que mientras unos practicaban la agresión sexual dentro del auto, otros trataban de evitar cualquier peligro que pudiera surgir afuera con ese fin, siempre cerca del lugar donde se produjo el hecho”, agregó.
el hecho
El hecho ocurrió el 28 de febrero, a las 14:45 horas, en la calle Serrano 1300, en Palermo Soho, donde intervinieron una pareja de panaderos y otro vecino al ver que dentro de un Volkswagen Gol estacionado cerca de la vereda, abusaban de un chica en un grupo.
Mientras cuatro de los imputados -Ramos, Ciongo Pasotti, Cuzzoni y Lykan- iban dentro del coche con la víctima, los otros dos -Domínguez y Retondo-, cantaban y tocaban la guitarra en la acera, mientras “observaban y validaban la agresión sexual”, de acuerdo con la decisión del juez.
La Sala ratificó este reparto de roles reconstruido por el juez al señalar: “Con la probabilidad de esta etapa, se da por probado que mientras Cuzzoni, Ramos, Ciongo Pasotti y Lykan agredieron sexualmente a la víctima indistintamente, Domínguez y Retondo se encargaron del control”. en el extranjero con la misión de evitar la percepción de lo que sucedía en el exterior, de modo que -al menos- sus acciones fueran imprescindibles para la consumación del acto».
Fernández sostuvo que los imputados se aprovecharon del estado de vulnerabilidad de la víctima -tenía alcohol, marihuana y anfetaminas en su cuerpo-, en la que no estaba en condiciones de consentir ningún acto sexual, algo que los camarógrafos destacaron en su culpabilidad. .
Finalmente, la Sala también ratificó los embargos de 35 millones de pesos para cada uno de los imputados que había fijado el juez, considerando «la eventual indemnización» que podría corresponder a la víctima por las «consecuencias psicológicas comprobadas» que sufrió y las costas del proceso. .
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Fuente: expresdiario.com.ar