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convocar a los profesores de Educación Técnica que quieran certificar / Titulares de San Luis

La Junta de Educación secundaria técnica y formación profesional del Ministerio de Educación informó sobre los requisitos del proceso de Certificación Docente.

Cabe mencionar que los interesados ​​deben solicitar la programación en línea. Bajo estricto protocolo sanitario, deberán presentarse en el día y hora indicados y presentar la carpeta con la documentación completa o no será aceptada en la Dirección Técnica y Sala de Formación Profesional en el segundo piso, núcleo 4 del Centro Cívico.

Requisitos necesarios para iniciar este procedimiento
1. Haber sido designado para los cargos presidenciales o los horarios a ejercer en los términos de la normativa vigente.

2. Acreditación el 31 de diciembre de 2020:

2.1. Título docente para el cargo / horas de la cátedra desempeñada, dos (2) años de antigüedad en el mismo o cinco (5) años de antigüedad en el Nivel y / o modalidad y / u orientación al que pertenecen, de los cuales al menos 1 (a) año de antigüedad debe corresponder a la institución educativa a la que pertenece el puesto (s) / carga de trabajo a certificar.

2.2. Título de habilitación para el cargo / horas del presidente a calificar, tres (3) años de antigüedad en el mismo o seis (6) años de antigüedad en la docencia en el Nivel y / o modalidad y / u orientación al que pertenecen, de los cuales al menos un año (1) de antigüedad debe corresponder a la institución educativa a la que pertenece el puesto / horas a las que pretenden pertenecer.

2.3. Título suplementario al cargo / horas del presidente a calificar, cinco (5) años de antigüedad en el mismo u ocho (8) años de antigüedad en la docencia en el Nivel y / o modalidad y / u orientación al que pertenezca, de los cuales al menos (1) un año de antigüedad debe corresponder a la institución educativa a la que pertenece el puesto (s) / carga de trabajo que pretenden certificar.

2.4. No título calificable para el cargo / horas del presidente a calificar: seis (06) años de antigüedad en el mismo o diez (10) años de antigüedad en la docencia en el Nivel y / o modalidad y / o orientación a la cual estar cobrado / las horas lectivas que pretenden realizar.

3. A los efectos del cálculo de la antigüedad requerida Dependiendo de la calificación de los títulos para la titulización, la fecha de matrícula se considerará, por nombramiento del profesor responsable, como una de las funciones / horas de la cátedra de origen al titular.

4. Concepto profesional
4.1. Los docentes deberán acreditar un concepto profesional no menor a Muy Bueno, según su titulación, de acuerdo con el siguiente detalle:

Para el título de maestro, se requerirán los últimos dos (2) años en los que se demuestre la condición de un activo.
Para la Calificación y Título Complementario, los últimos tres (3) años en los que acredite su condición de activo.
Para Sin Título de Valor, los últimos cuatro (4) años en los que prueba de estado activo. En todos los casos, los conceptos deben ser no menos de Muy Bueno y corresponder a la Institución Educativa, en el cargo / horario de la cátedra que se pretenda certificar, en la medida que la disposición en la Institución lo permita. Los conceptos correspondientes al año académico 2020 deben elaborarse de acuerdo con la Resolución No. 0010-ME-2021.

4.2. Maestros que están de licencia para ocupar cargos electivos o representación política, cargos sindicales o asuntos sindicales o para ocupar cargos o que tienen licencia para servir como miembros de la Junta de Clasificación de Maestros o en una Comisión de Servicio para cumplir con deberes docentes en estas u otras organizaciones que por estas razones no pudieron acreditar los conceptos profesionales requeridos, deberán presentar los conceptos requeridos por el ítem 4.1, correspondientes a los últimos años en los que calificaron. En todos los casos, esta situación deberá acreditarse con el instrumento legal correspondiente.

4.3. Docentes que se encuentran en excedencia por un puesto jerárquico superior, por mayor retribución presupuestaria o por una Comisión de Atención al Cliente para ejercer las funciones de Coordinador del Ciclo Básico (ex EGB Bloques 3), y que por estos motivos no pudieron acreditar el concepto. El profesional, correspondiente al cargo / su cátedra / horas, deberá presentar el concepto del último año en el que calificó en el puesto / su / s cátedra / s que pretende ocupar, completándolo con los requerido en el ítem 4. 1.

5. Cree en el momento de iniciar el proceso de Titulización:
5.1 Buena Conducta mediante la presentación del Certificado de Antecedentes y Nómina emitido por la autoridad provincial, o en su defecto, la acreditación del turno ante el organismo correspondiente.

5.2 ….

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Esta nota fué publicada originalmente por en cuyonoticias.com el día: 2021-05-09 15:56:00

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