A horas del último DNU presidencial que establece medidas restrictivas en el marco de la pandemia de coronavirus, la Cámara que preside Sergio Massa pisó el acelerador y convocó un pleno de la comisión para mañana a las 10. ¿El objetivo? Firma en la misma sesión el dictamen del proyecto de ley que faculta al Poder Ejecutivo para gestionar la pandemia. La maniobra, previa a que Massa saliera de gira a Estados Unidos y paralizara la actividad durante unos días, encendió las alarmas de la oposición. Pero hoy por la tarde Se conoció la convocatoria para la sesión de mañana y, al menos por ahora, no se incluyó el tema.
«Deben tener los votos, de lo contrario no se convocarán», concluyó más de un diputado de Juntos por el Cambio cuando se le preguntó sobre este movimiento que, a más de uno, tomó por sorpresa. Es que, hasta ayer por la tarde, la agenda de la sesión de la mañana giraba en torno a dos grandes temas: Consenso fiscal (que estaba pendiente desde la última sesión, después de pasar a una sala de intermedios) y la ley que amplía la denominada «zona fría».
La convocatoria de mañana al pleno para pronunciarse sobre la ley de superpotencias sigue envuelta en una serie de interrogantes. Por un lado, La pregunta es si la convocatoria sorpresa es para incluir el asunto en el orden del día de la sesión que se realizará apenas un par de horas después.. Por ahora, el tema está ausente. La cita no lo incluye, aunque la explicación podría ser técnica: el texto aún no se ha descartado. Aunque hay otro proyecto que está en la agenda y que no tiene opinión: la ley de la «zona fría».
El otro gran problema es si el Frente de Todos logra apoderarse del qurum Y a esto se le suma otra pregunta y es si, una vez superado ese obstáculo, tienen suficientes votos para conseguir la aprobación de la iniciativa que ya ha recibido el visto bueno en el Senado.
La lectura que hacen algunos diputados de JxC es que poner el anteproyecto de ley en una misma sesión Los subsidios al gas y el que para un sector de la oposición otorgaría superpoderes al Ejecutivo podría ser la llave que le abrirá la puerta al Frente de Todos para avanzar con la iniciativa. eso, hasta ahora, viene con los números más que ajustados. En principio, su sanción está en manos de cuatro diputados que aún no fijan su cargo.
Pero antes de girar la delgada línea alrededor de los votos, la pregunta es si el partido gobernante logra apoderarse del qurum para iniciar el debate. La cosa es, Si bien los cuatro diputados que responden al gobernador de Córdoba, Juan Schiaretti, manifestaron su rechazo a la iniciativa, lo cierto es que aún no han definido si estarán presentes en el encuentro., lo que permite el debate. Si es así, «Tienen un número para empezar y luego ganan sin estos votos», analizan desde un sector de la oposición.
«Tengo dudas si llegan. Lo llevarán al límite tomando posesión y ver»Un diputado confesó que rechazaría la medida y que no daría quurum el día en cuestión. Es decir, su lectura es que el oficialismo propone una estrategia similar a la que hizo con la modificación de la Ley Orgánica del Ministerio Público. Aunque Massa aún no consigue los votos para esa ley, el dictamen ya está firmado por si, algún día, los consiguen.
Al menos por ahora, la estrategia parece ser la siguiente: dejar la opinión lista hasta nuevo aviso. (aprovechando que los diputados están en CABA para participar de la sesión). En cualquier caso, las negociaciones continuarán hasta el último momento. Y todo puede cambiar.
Ante este panorama incierto, Together for Change ya advirtió que mañana Dar una conferencia de prensa sobre Lost Steps un poco antes de la sesión que comienza a las 3:00 pm para «dar su posición sobre las superpotencias y algunos otros proyectos».
ASPECTOS DESTACADOS de la ley
- Las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales se mantendrán en todo el país, excepto en los lugares que se encuentren en «Alarma Epidemiológica y Sanitaria».
- En todos los casos debe ser actuar de acuerdo con los protocolos debidamente aprobados por las autoridades correspondientes.
- Los gobernadores y el titular de Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires podránsuspendemos temporalmente las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales de acuerdo con la evaluación de riesgo epidemiológico, de acuerdo con la normativa vigente.
- Solo si ha arreglado el suspensión de clases, pueden organizar su reinicio por sí mismos, de acuerdo con la evaluación de riesgos.
- sé faculta al Poder Ejecutivo Nacional para moderar o anular la suspensión de actividades en virtud de la mejora sostenida en los valores de los parámetros de riesgo epidemiológico y sanitario, incluso dentro de los niveles de alarma.
- Se establecen coeficientes para definir la situación de «Riesgo bajo», «Riesgo medio «, «Alto riesgo» Y «Situación de Alarma Epidemiológica y Sanitaria».
- Ellos son considerados Riesgo bajo cuando «la razón de casos», definida como el cociente entre el número de casos confirmados acumulados en los últimos 14 días y el número de casos confirmados acumulados en los 14 días anteriores es inferior a 0,8.
- En los de Riesgo medio el número de «proporción de casos» debería oscilar entre 0,8 y 1,2; y los de Alto riesgo, cuando el «ratio» sea superior a 1,20.
- En aglomerados urbanos, departamentos o partidos con más de 300.000 habitantes, serán considerados en «Situación de Alarma Epidemiológica y Sanitaria» cuando la incidencia definida como el número de casos confirmados acumulados en los últimos catorce días por 100.000 habitantes sea igual o superior a 500 o el porcentaje de ocupación de camas de cuidados intensivos sea superior al 80%.
- En las urbanizaciones con «alarma epidemiológica y sanitaria» el centros comerciales y ferias, los locales gastronómico, la práctica recreativa de deportes de grupo contacto en espacios exteriores, gimnasios y la circulación entre las 19 y las 6 de la mañana.
- sé Se suspenden las reuniones sociales en hogares privados.; la reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas; la práctica recreativa de deportes en establecimientos cerrados; las actividades de casinos, salas de bingo, discotecas y salones de fiestas; la realización de todo tipo de eventos culturales, sociales, recreativos, religiosos y de cualquier otra naturaleza en lugares cerrados que impliquen concurrencia de personas.
- Ellos también permanecerán cines, teatros, clubes, gimnasios, centros culturales y otros establecimientos cerrados relacionados, a menos que operen al aire libre; y lugares gastronómicos entre las once de la noche y las seis de la mañana.
- sé faculta al Poder Ejecutivo para «adoptar restricciones adicionales, proporcionado y razonable «.
- Cuando se encuentren localidades con disímiles condiciones sanitarias dentro de los departamentos o partidos, los gobernadores podrán diferenciarlas del resto del departamento o partido que integran y Adoptar medidas acordes a los riesgos sanitarios y epidemiológicos específicos de dicha ciudad..
- Las autoridades de los establecimientos sanitarios de gestión pública o privada deben actualizar diariamente, en el sistema establecido por el Ministerio de Salud de la Nación, los datos que indique la autoridad sanitaria nacional, para el seguimiento, en tiempo real, de la ingresos y gastos del paciente en las salas de cuidados intensivos, la cantidad de ventiladores y otros recursos críticos disponibles en cada instalación de salud para pacientes hospitalizados.
- La se requiere informe para todos los establecimientos de salud, públicos o privados, que realicen sus actividades en el territorio nacional.
- Restos autorizó el acompañamiento de pacientes terminales con un diagnóstico confirmado de Coronavirus o cualquier otra enfermedad o condición.
- sé prohíbe la entrada al territorio nacional por un período de treinta días naturales a partir de la entrada en vigor de la ley de Extranjerosno son residentes del país. Este plazo podrá ser ampliado o acortado por el Poder Ejecutivo Nacional, previa intervención de la autoridad nacional de salud.
- Permanecer excepto los transportistas de mercancías, tripulantes de buques y aeronaves y los afectados por la operación de vuelos y traslados médicos.
- Todas las medidas pueden ser arregladas por un Plazo máximo de vigencia de 21 días naturales. Antes del final del plazo, un evaluación para decidir la necesidad o no de su continuidad.
- La validez de la ley comienza con su publicación en el Boletín Oficial y hasta 31 de diciembre de 2021.
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Fuente: www.cronista.com
Esta nota fué publicada originalmente el día: 2021-06-09 18:25:12