Eliminación del artículo de la reforma laboral
La eliminación del artículo de la reforma laboral que habilitaba el pago de salarios a través de billeteras virtuales abrió un nuevo capítulo en el debate entre bancos y empresas tecnológicas financieras. La disposición había sido incorporada en el texto original del proyecto, pero fue retirada durante su tratamiento en comisión en el Senado, antes de la votación que le otorgó media sanción.
Reforma laboral y pago de salarios: propuesta eliminada
El proyecto original de reforma laboral incorporaba un punto que habilitaba a los empleados a elegir el canal de acreditación de sus salarios. La redacción establecía que los haberes podían depositarse en cuentas abiertas en bancos o en proveedores de servicios de pago que ofrecieran cuentas virtuales, bajo regulación del Banco Central.
Billeteras virtuales y adopción en Argentina
El planteo de las empresas fintech se apoya en el crecimiento del uso de billeteras virtuales en el país. Según datos difundidos por la Cámara Argentina Fintech en base a un informe de la consultora Isonomía, nueve de cada diez argentinos considera que debería poder elegir dónde cobrar su sueldo.
Bancos y fondeo: el eje económico del debate
Las entidades bancarias manifestaron su rechazo a la posibilidad de que las fintech gestionen el pago de salarios y jubilaciones. En diciembre de 2025, los bancos emitieron un comunicado conjunto en el que defendieron el esquema actual de liquidación de haberes.
Regulación y supervisión: los argumentos cruzados
Las entidades bancarias sostienen que las fintech no cuentan con el mismo nivel de regulación prudencial que los bancos. Los bancos están sujetos a requisitos de capital, encajes y supervisión integral por parte del Banco Central.
Próximo paso en Diputados
Con la media sanción del Senado, el proyecto de reforma laboral deberá ser tratado por la Cámara de Diputados. La Cámara Argentina Fintech anticipó que buscará reintroducir el artículo eliminado durante esa instancia.
El texto eliminado contemplaba que los empleadores pudieran acreditar los haberes tanto en cuentas bancarias tradicionales como en billeteras digitales, siempre que el trabajador lo autorizara.
El sector sostiene que la libre elección no modifica la obligación del empleador de pagar en tiempo y forma, sino que habilita diferentes plataformas para la acreditación, bajo las condiciones de supervisión vigentes.
Las cuentas virtuales son ofrecidas por proveedores de servicios de pago que permiten realizar transferencias, pagos con códigos QR, recargas y otras operaciones digitales.
El debate se centra en si la habilitación para pagar salarios en billeteras virtuales requiere cambios adicionales en la regulación o si el marco vigente resulta suficiente para garantizar la protección de los fondos y la estabilidad del sistema.
La definición legislativa determinará si los trabajadores podrán elegir el canal de acreditación de sus haberes o si se mantendrá la exclusividad bancaria en este segmento.
Desde las empresas de tecnología financiera rechazan esa caracterización. Aseguran que operan dentro de un marco supervisado por el Banco Central, con normas específicas en materia de prevención de lavado de activos, ciberseguridad, identificación de clientes y registro de operaciones.
Si los trabajadores pudieran optar por acreditar sus salarios en billeteras virtuales, los bancos deberían competir por esos depósitos.
Según fuentes del sector financiero, una mayor competencia por los depósitos podría trasladarse al costo del crédito.
El resultado dependerá de las negociaciones legislativas y de la posición que adopten los distintos bloques.
Mientras tanto, el esquema actual continúa vigente: los salarios deben depositarse en cuentas sueldo abiertas en entidades bancarias.
La discusión sobre la incorporación de billeteras virtuales como alternativa forma parte de un debate más amplio sobre competencia en el sistema financiero y el rol de las nuevas tecnologías en los servicios de pago.
La disposición había sido incorporada en el texto original del proyecto, pero fue retirada durante su tratamiento en comisión en el Senado, antes de la votación que le otorgó media sanción.
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