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El Fiscal General decidió que la Corte puede intervenir en la demanda de Ciudad a Nación por las clases – Noticias económicas, financieras y comerciales

La Corte Suprema de Justicia recibió hoy la demanda del Jefe de Gobierno Porteo, Horacio Rodríguez Larreta, para que no se detengan las clases presenciales y lo entregó a la Fiscalía General de la Nación, que dictaminó que es competente para intervenir en el caso.

El máximo tribunal del país no le pidió opinión sobre la medida cautelar, sino a ver si debía intervenir y así lo confirmó la Fiscalía, a cargo temporalmente de Eduardo Casal.

Si bien la agencia no tenía plazos para emitir su opinión, lo hizo en un tiempo récord: solo tomó unas pocas horas.

La presentación realizada por el titular del Gobierno de Porteo ante el Tribunal Supremo advirtió que las restricciones impuestas por el presidente Alberto Fernández implican «una virtual intervención federal» en la Ciudad, así como también declaró que «La suspensión de clases presenciales no se justifica en datos empíricos».

Fernández ratificó la suspensión de las clases presenciales tras el encuentro con Larreta

El recurso fue presentado al máximo tribunal a las 9:50 am, es decir, diez minutos antes de que comenzara la reunión entre el mandatario nacional y el portero en Quinta de Olivos para discutir las diferencias de criterio ante el aumento de casos de coronavirus.

La acción judicial busca declarar la inconstitucionalidad del Decreto de Necesidad y Urgencia 241/21 del Poder Ejecutivo Nacional, que entró en vigor este viernes y que prevé la suspensión de las clases presenciales y las actividades educativas no escolares presenciales en todos los niveles y en todas sus modalidades del 19 al 30 de abril, inclusive, entre otros medidas.

En concreto, la medida cautelar es contraria al artículo 2 del DNU e incluye cualquier otra disposición o reglamento que se emita como consecuencia: el Ayuntamiento solicita que se ordene al Estado Nacional «abstenerse, hasta que se dicte sentencia firme y firme, de realizar cualquier acto que implique la ejecución del decreto cuestionado».

Entendiendo …

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Fuente: www.cronista.com
Esta nota fué publicada originalmente el día: 2021-04-17 00:36:45

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