El Gobierno presentó su ley para gestionar la pandemia – actualidad económica, financiera y empresarial

Como era de esperar, el Gobierno dio a conocer el proyecto de «ley de pandemias», con el que busca garantizar el apoyo parlamentario a las medidas restrictivas en materia de salud, tras el decreto presidencial que no prohibió las clases presenciales en la Ciudad de Buenos Aires. Después de la revs de la Corte Suprema al DNUTomando prestado el caso de la canciller alemana Angela Merkel, el presidente Alberto Fernández finalizó antes de salir de Europa el texto que busca «institucionalizar» ciertos parámetros epidemiológicos para justificar los cierres.

La iniciativa se enviará a la mesa de entrada del Senado, aunque La mesa de Juntos por el Cambio ya adelantó su rechazo considerando que otorga «superpoderes» al Jefe de Estado.

En 14 páginas, en un texto redactado en el despacho de la Secretaria Jurídica y Técnica, Vilma Ibarra, con el asesoramiento del Ministerio de Salud, el Gobierno distribuye las competencias para tomar decisiones entre el Poder Ejecutivo, los gobernadores y el titular de la Gobierno de Buenos Aires. Como hasta ahora, las provincias continuarán ejerciendo poderes concurrentes de control y supervisión.

Con esta propuesta, las autoridades locales podrán ordenar medidas enfocadas a lugares con menos de 40.000 habitantes y de «riesgo medio», según sus estadísticas.

Por otro lado, en los distritos de «alto riesgo» epidemiológico, «de observar un empeoramiento o permanencia del estado sanitario», dice la norma, «El Poder Ejecutivo está facultado para brindarlos de manera razonable y proporcionada, previa consulta con los gobernadores y jefe de Gobierno de la CABA y con la intervención de la autoridad sanitaria nacional (según los lineamientos de la sentencia de la Corte Suprema) ”.

Es una dinámica que viene ocurriendo desde 2020 pero que en el anterior DNU cuestionado no se cumplió, como acusó el Ayuntamiento.

En esta línea, sobre «la suspensión de clases presenciales», el texto establece que sólo podrá decretarse en lugares de «alarma epidemiológica».

Los parámetros a delimitar cuando existe un riesgo bajo o alto serán debatidos en el Congreso. También estipula que las medidas restrictivas temporales que se adopten deberán revisarse cada 21 días.

La propia ley tiene fecha de caducidad: el Gobierno pretende que entre en vigencia a partir del 22 de mayo, día después de que expire el DNU vigente, hasta el 31 de diciembre de este año, fecha en la que se extendió la emergencia sanitaria por la pandemia de coronavirus. . .

Aquí está el texto completo:

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Fuente: www.cronista.com
Esta nota fué publicada originalmente el día: 2021-05-10 20:29:22