La fiscal Verónica Ferrero indicó que por el tipo de delito “no pueden pedir, después de ningún término, libertad condicional”.
Luego de conocerse la decisión de la Justicia de La Pampa de condenar a cadena perpetua a los autores del crimen del niño Lucio Dupuy, asesinado en noviembre de 2021 por su madre Magdalena Espósito Valenti (26) y su pareja Abigail Páez (28) , El fiscal Verónica Ferrero afirmó este viernes que «No tienen ninguna posibilidad de ser liberados».
“Lo que tienen que saber es que esta cadena perpetua que acaban de ordenar los jueces, de acuerdo con lo que establece nuestra ley aplicable, es una sentencia de por vida. No tienen ninguna posibilidad de ser liberados”, dijo el fiscal en declaraciones a la prensa.
Además, aclaró que no tienen la posibilidad de solicitar la libertad condicional porque “el artículo 14 del Código Penal establece que las personas que sean condenadas por este tipo de delito No pueden pedir, después de 35 años o después de cualquier término, libertad condicional».
“Hoy, nuestro Código Penal hace una distinción. delitos muy graves, por ejemplo el cometido por los imputados, para los que no se concede libertad condicional. En los demás casos son 35 años que deben cumplir con todas las normas penitenciarias, tener buena conducta y pueden pedir libertad condicional”, dijo.
Preguntado si van a apelar la absolución del delito de abuso sexual de la madre de LucioFerrero explicó: «Claro que lo estamos analizando y desde la fiscalía habrá una impugnación en ese sentido».
«No porque modificará la penaQuiero que quede claro. No es que vaya a recibir una sanción más grave, porque ya impusieron la pena más grave prevista en el Código Penal argentino, sino por el hecho de que los hechos ocurrieron de esa manera y queremos que en la sentencia se establezcan todos los hechos por los que fueron imputados los dos imputados”, expresó. estresado.
El fiscal también explicó qué implica el hecho de que Espósito Valenti haya sido condenado a cadena perpetua con más «accesorios del artículo 12» del Código Penal: «Es una inhabilitación especial en cuanto a la administración de bienes. El condenado a más de tres años lo pierde de la cárcel».
Sobre el rechazo de la Corte a la posibilidad de que el crimen estuviera motivado por «odio de género», Verónica Ferrero indicó: «No había sido solicitado desde un principio por la fiscalía porque les hicimos dos exámenes psicológicos y dos psiquiátricos a ambos imputados y a estos peritos». No nos dimos cuenta de que había habido odio de género. Esto es que a Lucio Dupuy lo habían matado por una cuestión de su género. Por eso no lo habíamos apoyado desde un principio”.
“La denuncia sí lo sustenta porque tienen un peritaje de un profesional que contrataron que les hizo darse cuenta de que existía esa posibilidad. Por eso la denuncia lo sustenta y seguramente será materia de impugnación”, agregó.
Finalmente, indicó que Magdalena Espósito Valenti y Abigail Páez “por ahora seguirán detenidas donde están y eventualmente será decisión del Sistema Penitenciario Federal decidir dónde permanecerán y en qué condiciones: si serán separados o juntos».
“No es una decisión que tome la fiscalía ni que tomen los jueces. Una vez que la sentencia es firme, comienzan a cumplir la pena de prisión y ahí se determinará dónde la pueden cumplir”, concluyó.
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Fuente: Titulares.com