Cómo se estructuran los Fondos de Asistencia Laboral en Argentina
El presidente de la CNV, Roberto Silva, convocó a abogados de empresas para dialogar sobre la reglamentación de los Fondos de Asistencia Laboral (FAL) en Argentina, estimando un monto anual entre u$s3.000 millones y u$s5.000 millones. Estos fondos se conformarán a partir de un porcentaje de la masa salarial del país y se presentarán como Fondos Comunes de Inversión (FCI) Abiertos o Fideicomisos Financieros (FF), con un aumento significativo en la cantidad de fondos disponibles.
El papel de los bancos y agentes de bolsa en los FAL
Expertos mencionan que entidades como Banco Galicia, Macro o Supervielle, así como ALYCS como Ballanz, Allaria o Cocos, competirán por ofrecer los FAL más atractivos en términos de comisión, rendimiento y seguridad. La comisión, limitada por reglamentación al 1%, busca fomentar el crecimiento del mercado de capitales a través de vehículos de inversión a largo plazo.
Características principales de los Fondos de Asistencia Laboral
Obligatoriedad: El FAL será obligatorio para todas las empresas, excepto el sector público y servicio doméstico.
Inversiones: A diferencia de los fondos de cese laboral, el FAL no reemplaza la indemnización, sino que actúa como una caja paralela para los pagos. No existirán restricciones en las inversiones, siempre y cuando sean en el país.
Grupo Económico: Se establecerán limitaciones para evitar que el FAL sea utilizado como autofinanciamiento dentro de un grupo económico.
Liquidez mínima: Se discute la necesidad de mantener una liquidez mínima para cumplir con los pagos laborales en el plazo establecido.
Comisiones: Las entidades administradoras podrán percibir comisiones de hasta el 1% anual, con los gastos del FAL excluidos de este porcentaje.
Portabilidad y otras consideraciones
FAL Multiempresa: Se podrán establecer FAL dedicados a una sola empresa o FAL multiempresa.
Portabilidad: Se contempla un mecanismo para migrar de un FAL a otro, sujeto a un plazo mínimo de permanencia.
Diversificación: Se estudia la posibilidad de que una empresa aporte a más de un FAL con estrategias de inversión diferentes, aunque inicialmente no sería posible.
Rescate: Solo se permitirá el rescate del fondo para pagos laborales o en caso de quiebra de la empresa.
Responsabilidad de la entidad: Se debate el nivel de auditoría que las entidades administradoras deben realizar sobre los pagos solicitados por el empleador.
Próximos pasos en la reglamentación
Reglamento tipo: No habrá un reglamento de gestión tipo emitido por la CNV, dejando la posibilidad a las cámaras de generar su propio reglamento modelo.
Prospecto: No será necesario confeccionar un prospecto de oferta pública para los FAL.
Situación regulatoria: Se espera el decreto reglamentario del Poder Ejecutivo para emitir las resoluciones correspondientes, con la intención de regular lo mínimo e indispensable y establecer un régimen de autorización automática.
En resumen, los Fondos de Asistencia Laboral representan una innovación significativa introducida por la Ley de Modernización Laboral en Argentina, con potencial para impactar en el mercado laboral y financiero del país. Sin embargo, su implementación efectiva está sujeta a factores como la reglamentación pendiente y el escenario judicial actual.
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