Jubilados con más de 30 años de aportes: maximizando el beneficio
Los jubilados que cumplen con los 30 años de aportes exigidos por la ley previsional acceden a un haber inicial calculado según su historial salarial. En los casos en que se superan esos años mínimos, el sistema previsional argentino reconoce un adicional por cada año trabajado de más, dentro de los límites establecidos por la normativa vigente.
El haber jubilatorio inicial se determina a partir del promedio de los últimos 120 salarios actualizados, correspondientes a los últimos 10 años de actividad laboral. En este cálculo no se incluye el aguinaldo.
Para obtener ese promedio, la ANSES suma los 120 sueldos y divide el total por 120. El resultado se actualiza mediante un índice oficial que refleja la evolución de los salarios y la movilidad previsional.
Desde noviembre de 2025, el cálculo incorporó un cambio relevante. A través de la Disposición 29/2025 del Ministerio de Capital Humano, se estableció un índice combinado que promedia la RIPTE (Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables) y el índice de movilidad jubilatoria. Este coeficiente se aplica únicamente a quienes se jubilan a partir de diciembre de 2025.
Impacto en el haber de los jubilados con más de 30 años de aportes
Cuando una persona acredita más de 30 años de aportes, el sistema previsional reconoce un adicional del 1% por cada año excedente, con un tope máximo del 15%. Esto equivale a un reconocimiento total de hasta 45 años de aportes.
Si el haber resultante, aun con ese adicional, queda por debajo del valor de la jubilación mínima vigente, el beneficiario cobra igualmente el haber mínimo garantizado por el Estado.
Hasta su finalización, la moratoria previsional permitió que quienes alcanzaban la edad jubilatoria sin reunir los 30 años exigidos regularizar aportes faltantes y acceder, en la mayoría de los casos, a una jubilación mínima.
Ajuste en las jubilaciones para marzo de 2026
Desde marzo de 2026, las jubilaciones y pensiones tendrán un incremento del 2,9%, conforme a la fórmula de movilidad vigente. El ajuste surge de la variación del Índice de Precios al Consumidor (IPC) correspondiente a enero, informado por el INDEC.
Con esta actualización, la jubilación mínima ascenderá a $369.495,16, mientras que el haber máximo se ubicará en $2.486.347,64. El aumento también alcanzará a las Pensiones No Contributivas (PNC) y a la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM), estableciendo un nuevo piso de ingresos.
El juicio por reajuste jubilatorio: una opción para mejorar el beneficio
El juicio por reajuste jubilatorio es una acción judicial mediante la cual un jubilado o pensionado solicita la revisión del cálculo de su haber, ya sea del monto inicial o de los aumentos posteriores, cuando considera que la fórmula aplicada por ANSES fue incorrecta o desfavorable.
En distintos fallos, la Corte Suprema de Justicia de la Nación determinó que ciertos índices utilizados por ANSES no reflejaban adecuadamente la evolución de los salarios, lo que habilitó miles de reclamos judiciales.
Consideraciones finales
En resumen, los jubilados con más de 30 años de aportes tienen la posibilidad de incrementar su haber inicial con un adicional por cada año trabajado de más, siempre dentro de los límites establecidos por la normativa vigente. Además, los ajustes periódicos en las jubilaciones y pensiones permiten mantener el poder adquisitivo de los beneficiarios, aunque en algunos casos puede ser beneficioso considerar un juicio por reajuste jubilatorio para mejorar el beneficio de forma significativa.
:quality(75):max_bytes(102400)/assets.iprofesional.com/assets/jpg/2026/01/609632_landscape.jpg?w=1024&resize=1024,1024&ssl=1)