miércoles, abril 24, 2024
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La Justicia dicta una cautelar y suspende el estacionamiento pago en San Miguel de Tucumán

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La Justicia provincial atendió pedido de organización de usuarios y dictó medida cautelar que suspende aplicación de estacionamiento pago en San Miguel de Tucumán. Si bien el fallo de fondo se mantiene en el caso, la decisión representa un revés para los reclamos de la Municipalidad de San Miguel de Tucumán de restablecer el funcionamiento del sistema a la brevedad.

La medida judicial lleva la firma del juez María Felicitas Masaguer, de la Sala II de la Sala de lo Contencioso Administrativo. Fue adoptada en el marco del proceso iniciado el 22 de agosto por José Hermenegildo Garcíapresidente del Frente de Organizaciones en Defensa de los Consumidores y Usuarios (FoDeCUs) y vecino de la capital.

En la parte resolutiva, el texto -al que accedió LA GACETA- prevé “dar lugar a la medida cautelar solicitada en el proceso por la actora, y en consecuencia, ordenar la suspensión de la ejecución del decreto municipal N° 4711/SG/2021 relativo a la concesión del servicio de estacionamiento medido y pago de la vía pública de la Ciudad de San Miguel de Tucumán».

A su vez, ordena a la Municipalidad y a la empresa prestadora del servicio, TECNO AGRO VIAL UTE, “abstenerse de realizar el cobro del servicio, imposición de multas, sustracción o acarreo de vehículos o cualquier otra actividad que pudiera resultar de la aplicación del decreto municipal N° 4711/SG/2021”.

Los argumentos de la sentencia judicial

El 1 de septiembre, la Sala II había ratificado la decisión de la Municipalidad de suspender el “acto impugnado” del Fodecus, aunque hasta el momento no se había emitido ninguna decisión respecto del amparo exigido por la organización de usuarios.

En esta resolución, emitida en el marco del expediente 435/22, Masaguer analizó la propuesta realizada por la entidad que encabeza García y su legitimación para actuar en el proceso en curso.

Luego, entre otras cuestiones, el magistrado revisó los argumentos expresados ​​por la querellante sobre los supuestos derechos vulnerados por el sistema de estacionamiento pago, implementado por la Municipalidad a partir del 18 de julio.


ESTACIONAMIENTO DE PAGO EN SAN MIGUEL DE TUCUMÁN. La Justicia ordenó la suspensión del sistema.

El instrumento judicial destaca que la concesión del servicio fue otorgada mediante decreto municipal 4711/SG/2021, emitido el 28 de julio de 2021, a la firma Tecno Agro Vial Unión Transitoria (UTE), “integrada por las empresas Tecno Agro Vial S.A. y Teknoware S.A. «

“De la consulta realizada en la página judicial del Poder Judicial de la Nación, cuyo acceso es público, se puede observar -en principio- que en el Juzgado Nacional en lo Comercial N° 10 Secretaría N° 19 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires se habría tramitado el Concurso Preventivo de Tecno Agro Vial SA mediante expediente judicial N° 111833/2002”, reseña la medida cautelar.

Y advierte que, del expediente digital en cuestión, surge “que por resolución del 14/03/2022 se habría declarado cumplido el convenio aprobado en el concurso preventivo tramitado por la firma Tecno Agro Vial S.A., y que dicho convenio sería fecha del 23/03/2004″.

“Así mismo, mediante resolución del 23/03/2004, se habría ordenado la inhibición general de mercancías por el término de cumplimiento del convenio, situación que, al parecer, se habría cumplido el 14/03/2022”, agrega. .

Además, destaca que estos datos coinciden con la información publicada en el Diario Oficial de la Nación el 6 de mayo de 2022.

En ese sentido, la resolución menciona que, de acuerdo con las especificaciones y condiciones emitidas en el marco del proceso de adjudicación, «quienes se encuentren en estado de inhibición de su patrimonio» y «quienes se encuentren en quiebra o en proceso judicial» fueron impedido de ofertar. quiebra”, entre otras circunstancias.

“En este orden de ideas, el artículo 9 (del pliego) condiciona expresamente a todos los firmantes del Acta Acuerdo o Precontrato de Constitución -esto incluye a Tecno Agro Vial SA y Teknoware SA- a cumplir con los requisitos legales preestablecidos y, en consecuencia, los impedimentos también le son aplicables”, consideró Masaguer.

Sin llamado a la participación ciudadana

Otro aspecto cuestionado por Fodecus y considerado para la emisión de la medida cautelar fue “la ausencia de un llamado a la participación ciudadana”.

“Es posible observar que ni la Ordenanza N° 4758/15 del 09/04/2015, mediante la cual se autoriza al Departamento Ejecutivo Municipal a otorgar en concesión el servicio de estacionamiento medido, ni el pliego de bases y condiciones que aprueba , prever algún mecanismo de participación ciudadana, que -en principio- no debe ser soslayado en el proceso de toma de decisiones administrativas como las aquí cuestionadas dada la muy fuerte posibilidad de afectar a múltiples titulares de derechos e intereses”, señala la resolución judicial.

Además, destaca que este ámbito “debe estar animado por los principios de publicidad, transparencia y participación”.

Por otra parte, también se analizó el peligro de dilación que representaría para las partes eventualmente afectadas la tramitación del proceso judicial.

“Los usuarios y consumidores de este servicio, así como los vecinos que residen o transitan por el municipio de San Miguel de Tucumán, se verían potencialmente perjudicados, si tuvieran que esperar a la sentencia firme de fondo para no cobrar por un servicio que -a la luz de esta presentación- tendría graves vicios jurídicos”, advierte la resolución.

En síntesis, el juez interpretó que “la prohibición expresa de las normas municipales respecto de los sujetos que se encuentran prohibidos, en quiebra o con concurso judicial como…

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Andrea Bumini

Andrea Bumini

Andrea estudió periodismo y realizo pasantias en medios de noticias importantes de España, como El Pais entre otros. Especializada en politica se encarga de los titulares de esa tematica.

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