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La Justicia falla contra Rappi, luego del revés para Pedidos Ya

Rappi interpuso recursos para apelar la sentencia que había impuesto una millonaria multa por no tener inscritos a sus trabajadores

El 29 de septiembre de este año, la Justicia de Buenos Aires había confirmado que Rappi, La plataforma de envío de mercancías deberá pagar una millonaria multa impuesta por el Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires.

La sentencia del Juzgado de Trabajo No. 2, ratificó que la multa de $ 16,426,800 que la firma de origen colombiano pagó, por violación de los artículos 52, 128 y 140 de la Ley de Contrato de Trabajo, 7 de la Ley 24.013, 27 de la Ley 24.557, 2 de la Resolución 299 de la Superintendencia de Riesgos Laborales y Resoluciones 135/2020 y 151 / 2020 del Ministerio de Trabajo de la Provincia de Buenos Aires.

La parte más importante de la decisión, análoga a la que ayer impactó en Pedido Ya, es que para los jueces “Está claro, entonces, que la actividad que realizan estos distribuidores no es más que la disposición personal e infungible, dirigida por otro, que nuestra legislación califica como trabajo”.

En la práctica, se trata del reconocimiento de una relación laboral de dependencia entre la plataforma y los distribuidores. Una definición que puede desencadenar un terremoto en la llamada economía colaborativa.

Ahora los mismos jueces, Juan Ignacio Orsini, Julio Cesar Elorriaga y Carlos Mariano Nuñez, declararon «inadmisible» los medio presentado por el empresa para lograr la nulidad y la inaplicabilidad.

La negativa de los magistrados en términos judiciales implica etapas de quema y que, para Rappi, solo hay dos instancias superiores en las que presentar los recursos del caso.

En la práctica, se trata del reconocimiento de una relación laboral de dependencia entre la plataforma y los distribuidores.

El primero es el Justicia de la Corte Suprema de Justicia de Buenos Aires y luego la Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina. Allí se zanjará definitivamente la discusión sobre la condición de trabajo en las aplicaciones: autónomo como la aplicación o la relación de dependencia argumentan como fallaron los juzgados bonaerenses.

El origen de las multas que llegaron a la justicia

En junio de este año, el Ministerio de Trabajo de Buenos Aires impuso multas a las empresas de reparto a través de plataformas digitales, Pedidos Ya, Glovo (que vendió sus operaciones y se retiró del mercado argentino) y Rappi. La sanción fue por incumplimiento de la normativa laboral.

La decisión se tomó al conocer el resultado de una encuesta a 172 trabajadores en el marco de las inspecciones realizadas en La Plata, San Isidro, Vicente López, Avellaneda, Lanús, Lomas de Zamora, Quilmes y La Matanza. Allí, según el Ministerio, se detectó la falta de cobertura en salud ocupacional, la falta de pago del bono navideño y el otorgamiento de vacaciones entre más del 97% de los encuestados.

Además, la gran mayoría no contaba con TAR ni seguro contra riesgos laborales y, en aquellos casos que indicaron tener alguna cobertura, en general, se trataba de seguros de accidentes o de terceros financiados por los trabajadores, a título personal.

El jueves, Órdenes ya sufrió un revés en la Justicia por parte de sus distribuidores

A lo largo de las inspecciones, los funcionarios interinos verificaron la existencia de trabajo no registrado o registro deficiente en algunos casos, así como que las firmas no proporcionaron, en su mayor parte, elementos de protección personal (EPI), ni cumplieron con los protocolos de higiene y salud en el trabajo debido a la emergencia sanitaria provocada por Covid-19 .

En cuanto a la forma de organización del trabajo en sí, es decir, en cuanto a quién da las órdenes, dirige las tareas y / o supervisa el trabajo, el reconocimiento de la responsabilidad de las empresas es agobiante. El 94% de los trabajadores reconoció a la Empresa, a través de la misma APP y / o la figura de un supervisor o referente, como quien establece la forma de trabajo y control.

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Fuente: iprofesional.com

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