La Justicia suspendió nuevamente la aplicación del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que declaró servicios públicos esenciales y congelación de precios Internet, telefonía y TV paga, ya que esta normativa imponía condiciones que restringían la prestación de estos servicios en condiciones competitivas.
La Cámara de lo Contencioso Administrativo Federal aceptó el reclamo de Telecentro y DirecTV, como dijo a principios del mes pasado con respecto a Telecom.
La nueva sentencia judicial sostuvo que el DNU emitido por el presidente Alberto Fernández el pasado mes de agosto cambió la ecuación jurídica y económica de las empresas que prestan servicios de telecomunicaciones, desde que se un sector que estaba en competencia Sus ingresos se vieron afectados y la prestación de dichos servicios se vio comprometida, sobre todo porque existían otras herramientas alternativas para garantizarlos en medio de la pandemia de coronavirus, como Arsat y el Fondo Fiduciario de Servicio Universal.
La Cámara Federal dictó la medida cautelar, solicitado por Telecentro y DirecTV, suspender el DNU de telecomunicaciones para ambas empresas, junto con las resoluciones de la Agencia Nacional de Comunicaciones (ENaCom), que aplicó dicho DNU.
Es que el DNU 690 y las tres resoluciones de la ENaCom impusieron obligaciones a los prestadores de servicios que son, en principio, «Es probable que afecte sustancialmente a la ecuación económico-financiera tomar en consideración cuando se autorizan los beneficios y se otorgan concesiones ”, dijo la Cámara Federal.
En el mismo sentido, la Justicia manifestó que tampoco cumplió con el estándar de «razonabilidad y legitimidad» el requisito de brindar un Beneficio Básico Obligatorio (PBU) a los sectores desfavorecidos de la población, con precios «incluso más bajos» que los establecidos para los «clientes restantes» en los servicios de telefonía, Internet y TV de pago.
Con esta medida judicial, la Cámara Federal reconoce la ley de empresas del sector de las comunicaciones para fijar sus políticas comerciales. A principios del mes pasado lo hizo con respecto a Telecom. Y ahora se ha expandido a Telecentro y DirecTV.
Por otro lado, desde la ENaCom cuestionaron el fallo de la Cámara Federal y dijeron que van a presentar un recurso federal extraordinario, para llegar con el recurso de casación ante la Corte Suprema de Justicia. Ese recurso ya fue desestimado este miércoles por la Sala, en el caso Telecom, pese a lo cual la ENaCom anticipó que presentará un recurso de denuncia ante la máxima instancia judicial.
Cuando emitió este DNU, en agosto pasado, Alberto Fernández justificó su decisión de que «había 6.000 niños» de los barrios populares porteños, que estaban expuestos a contagiarse por coronavirus.
“Lo que más me decidió fue una charla que tuvimos con el jefe de gobierno de la ciudad de Buenos Aires, donde me explicó que había 6.000 chicos que tenían que volver a estudiar en las escuelas, porque la conectividad a Internet se estaba volviendo mala para ellos”, dijo el mandatario en ese momento. Y agregó:“ Eso me pareció una mala lectura de lo que se debe hacer, que es llevar la conectividad a estos chicos. No saque a esos niños y los exponga al riesgo de contagio en las escuelas. «
El fallo de la Sala II de la Cámara Federal señaló que si el objetivo del Gobierno era garantizar el acceso a los sectores más desfavorecidos de la población, Podría contar con otras herramientas, como la prohibición de recortes de servicios o los Fondos de Servicio Universal, que son provistos por los propios prestadores de servicios de telecomunicaciones, con el 1% de sus ingresos.
De hecho, al momento de emitir el DNU de telecomunicaciones, la ENaCom tenía $ 10 mil millones disponibles en ese Fondo de Servicio Universal, en una cuenta del Banco Nación, para brindar Internet a estudiantes de barrios populares ya todos aquellos que no podían pagar los servicios o se encontraban en áreas con problemas de conectividad.
La Cámara de lo Contencioso Administrativo Federal ahora revocado – por dos votos mayoritarios y un voto en contra – un fallo de primera instancia el cual avaló el congelamiento de precios establecido por el Gobierno hasta finales de 2020, luego de lo cual la ENaCom fijó incrementos limitados de precios para un sector de la población, mientras que se redujo para otro sector, con la obligación de proveer el PBU.
Se trata de segundo fallo de la Cámara Federal de Buenos Aires con jurisdicción nacional. Y está en línea con otros dos fallos de la Justicia federal de la provincia de Córdoba, en los que también se suspendió el DNU de telecomunicaciones, en los casos iniciados por el proveedor TV Cable Color y la Asociación Argentina de Televisión por Cable (ATVC).
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Fuente: Clarin.com