Las billeteras virtuales deben informar a la AFIP de movimientos superiores a US$30.000.
La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) oficializó este viernes a través de la Resolución General 5193/2022, publicada en el Diario Oficial de la Federación, que fija en US$ 30,000 el límite mensual a partir del cual las plataformas de gestión digital en general y los Proveedores de Servicios de Pago (PSP ) en particular, deben declarar los ingresos y los gastos en las cuentas.
La normativa de la AFIP incorpora nuevos requisitos de información para las empresas del sector -como Mercado Pago, Ualá, Naranja X, Viumi, Bimo, Moni, Personal Pay y Todo Pago, entre otras-, aunque no implican cambios para los usuarios.
Además, las billeteras virtuales deberán informar cuando el saldo final mensual que el usuario tenga en su cuenta sea mayor o igual a US$90.000.
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Fuente: reportero24hd.com