Cómo registrar un contrato de arrendamiento con AFIP
El régimen establecido por la Ley 27.551 entró en vigencia el 1 de marzo.
El Régimen de Registro de Contratos de Arrendamiento de Bienes Raíces previsto en la Ley 27.551 permitirá obtener información relevante para verificar el cumplimiento de las obligaciones tributarias de las partes involucradas en las distintas operaciones.
Los contribuyentes que asuman el carácter de arrendador o arrendador en los contratos están obligados a registrar la transacción. Aunque no son materias obligatorias, el reglamento contempla la posibilidad de que intermediarios (corredores, agentes inmobiliarios y notarios) celebren un contrato en nombre de sus clientes. El régimen también establece que los sujetos que asuman el carácter de inquilinos o inquilinos pueden informar voluntariamente un contrato.
¿Cuándo entró en vigor?
El régimen entró en vigor el 1 de marzo. Los contratos celebrados a partir del 1 de julio de 2020 y en vigor, así como los celebrados durante marzo de 2021, tenían un período excepcional de registro hasta el 15 de abril de 2021, inclusive.
¿Qué contratos se alcanzan?
Los contratos alcanzados por el Régimen de Registro de Arrendamientos Inmobiliarios son:
- Ubicaciones inmobiliarias urbanas
- Arrendamientos de propiedad rural
- Ubicaciones temporales de inmuebles – urbanos o rurales – con fines turísticos, de descanso o similares
- Ubicaciones de espacios o superficies fijas o móviles -exclusivas o no delimitadas dentro de inmuebles, tales como establecimientos comerciales y / o «stands» en supermercados, hipermercados, plazas comerciales, centros, aceras o galerías comerciales, etc.
¿Cómo se informan los contratos?
Todos los contratos deben ser informados digitalmente, insertando el Código Tributario en afip.gob.ar en el servicio “Oficina de Registro de la Propiedad – RELI – CONTRIBUYENTE”.
Los sujetos obligados deberán aportar datos relativos a su rol de arrendador, la identificación del inmueble y el resto de coadyuvantes. Además, debe adjuntar el contrato firmado en un archivo «.pdf» o «.jpg».
¿Cuándo se debe informar una operación?
El plazo para comunicar estas operaciones, ya sea para la firma del contrato de arrendamiento o arrendamiento, o para el cambio de uno existente, será de 15 días naturales posteriores al acto.
casos especiales
Cuando intervengan intermediarios en los contratos celebrados, pueden registrarlos a nombre de los arrendadores o arrendadores. En el caso de los condominios, el registro de contratos por parte de cualquiera de los copropietarios exime de la obligación al condominio y a los demás copropietarios, siempre que se informe a todos sus propietarios.
Infracciones
El reglamento prevé sanciones para quienes no cumplan y no presenten la información requerida en el registro del contrato de arrendamiento de bienes raíces.
comunicaciones judiciales
Cuando se inician juicios por la celebración de un contrato de arrendamiento, antes de la transferencia del crédito, el juez debe informar a la AFIP de la existencia del contrato. El sistema de comunicaciones judiciales estará disponible a partir del 15 de abril de 2021.
Para saber cómo funciona el procedimiento, puede acceder a las siguientes guías paso a paso:
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Fuente: ambito.com