La bala que mató a Nahuel entró por la espalda
La Secretaria de Derechos Humanos informó este jueves que apelar las diligencias dictadas a los cinco prefectos imputados por el asesinato de Rafael Nahuel tras considerar que «no hay prueba en el caso que sustente la teoría del enfrentamiento» sobre la que el juez de Bariloche Gustavo Zapata considerar que los imputados incurrieron en un «exceso en la legítima defensa».
«El Secretario apelará la persecución de los prefectos por exceso en la legítima defensa, considerando que corresponde la imputación por homicidio calificado”, Indicaron, mediante un comunicado, desde la cartera que lidera Horacio Pietragalla.
El juez federal suplente de Bariloche Gustavo Zapata dictó este miércoles el procesamiento de cinco albatros de la Prefectura Naval Argentina por el asesinato de Nahuel, ocurrido en noviembre de 2017, en el entendido de que los imputados eran responsables de la «Delito de homicidio agravado por su comisión con violencia contra las personas mediante el uso de armas de fuego, cometido con exceso en legítima defensa».
«La bala que mató a Rafael Nahuel le entró por la espalda, lo que implica una situación de fuga»«
Esta acusación implica -a juicio del juez- que habría un «enfrentamiento» entre el grupo de mapuches que integraba Nahuel y las tropas, y que estas últimas habrían «excedido» el uso racional de la fuerza, provocando así la muerte de Nahuel. .
Los otros cuatro albatros que estaban con el asesino de Nahuel dispararon alrededor de 150 rondas letales.
El magistrado dio por válida la última de las pruebas balísticas realizadas en la ciudad de Salta, que arrojó que la bala homicida procedía de la pistola del prefecto Sergio Cavia, a quien procesó como autor del hecho.
Sin embargo, el juez entendió que los otros cuatro albatros que estaban al lado de Cavia y que dispararon alrededor de 150 municiones letales -Francisco Javier Pintos, Juan Ramn Obregn, Carlos Valentn Sosa y Sergio Damin Garca- merecen el mismo reproche criminal como «partícipes necesarios» de el hecho, considerando que contribuyeron al escenario propicio para que Cavia matara a Nahuel.
Del Secretario de Derechos Humanos, quien actúa como parte querellante en el caso, la resolución será apelada considerando que “no hay evidencia en el caso que sustente la teoría de un enfrentamiento con armas de fuego que podrían haber puesto en riesgo a un grupo de élite como los albatros ”, señalaron desde ese portafolio.
El juez de Bariloche Gustavo Zapata consideró que los imputados incurrieron en un exceso en su legítima defensa.
Según la denuncia de esa Secretaría, «durante el reconocimiento del terreno que se llevó a cabo con posterioridad a los hechos, no se encontró vaina ni rastro de arma de fuego, salvo las decenas que pertenecían a los prefectos».
Además, “la bala que mató a Rafael Nahuel le entró por la espalda, lo que implica una situación de fuga y no de agresión al momento del disparo fatal. Para la Secretaría de Derechos Humanos fue un homicidio calificado, sin justificación alguna que sirva como factor atenuante ”, señalaron.
Titular con información de Telam.