La Corte Suprema rechaza pedido de recusación de los rugbiers condenados por el asesinato de Fernando Báez Sosa
La Corte Suprema de Justicia rechazó y consideró inadmisible este miércoles un pedido de recusación presentado por siete de los ocho rugbiers condenados por el asesinato de Fernando Báez Sosa contra los integrantes de la Sala II de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de Dolores que intervinieron en el caso.
La decisión del máximo tribunal
«El recurso extraordinario, cuya denegación originó esta queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)», indicó el máximo tribunal en la resolución tomada por los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, ante la presentación del abogado Hugo Tomei.
No obstante, en el fallo del que no formó parte el imputado Enzo Comelli se destacó que la desestimación de un recurso bajo esta norma «no implica que se confirme ni se afirme la justicia o el acierto de la decisión recurrida».
Las condenas a los rugbiers
El 22 de marzo del año pasado, la Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires confirmó las condenas para los rugbiers. Cinco de ellos recibieron prisión perpetua: Máximo Thomsen, Ciro Pertossi, Enzo Comelli, Matías Benicelli y Luciano Pertossi. Los restantes, Ayrton Viollaz, Blas Cinalli y Lucas Pertossi, fueron sentenciados a 15 años de cárcel.
La determinación de la Sala II
En ese marco, los jueces de la Sala II, Fernando Mancini y María Florencia Budiño, determinaron que el homicidio de Báez Sosa fue cometido con premeditación y con la participación de dos o más personas, conforme al artículo 80 del Código Penal de la Nación.
La Cámara ratificó las sentencias del Tribunal Oral en lo Criminal N°1 de Dolores, aunque introdujo una modificación. Si bien los rugbiers habían sido condenados por homicidio agravado con premeditación y alevosía, los jueces concluyeron que no hubo alevosía en el crimen. No obstante, al mantener la premeditación como agravante, las condenas permanecieron sin cambios.
Revés para la defensa
El fallo también representó un revés para la defensa de los rugbiers, que había argumentado que el crimen debía ser considerado un homicidio en riña, una figura legal que, de haberse aceptado, habría resultado en una disminución de la pena.
El recuerdo de Fernando Báez Sosa
Fernando Báez Sosa tenía 18 años cuando fue asesinado durante sus vacaciones en Villa Gesell, en la puerta de la discoteca Le Brique, el 18 de enero de 2020.
En resumen, la Corte Suprema de Justicia rechazó un pedido de recusación presentado por los rugbiers condenados por el asesinato de Fernando Báez Sosa, manteniendo las condenas dictadas previamente por la Cámara de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires. El homicidio fue considerado como premeditado y cometido con la participación de dos o más personas, sin alevosía. Esta decisión representa un revés para la defensa de los acusados, que buscaban una reducción de la pena argumentando un homicidio en riña.
