Prórroga del cierre fronterizo por turismo hasta el 21 de mayo – Titulares de Política

Quienes ingresen por vía terrestre «deberán adjuntar el resultado negativo de la prueba de PCR a la declaración jurada».

La El gobierno nacional prorrogó este sábado hasta el próximo 21 de mayo el cierre de las fronteras al turismo por la segunda ola de coronavirusMientras tanto, continúan suspendidos los vuelos regulares desde Chile, Brasil, México, India, Reino Unido e Irlanda del Norte.

De la misma manera, el requisitos especiales para los transportistas y la tripulación de barcos y aviones, según Resolución Administrativa 437/2021, publicada este sábado en el Diario Oficial.

La decisión lleva la firma del Jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; el ministro del Interior, Eduardo de Pedro; y la ministra de Salud, Carla Vizzotti.

Las autoridades también establecen que «el Ministerio de Transporte, a través de la Administración Nacional de Aviación Civil, podrá ampliar o reducir la lista de países o establecer excepciones a este artículo, a fin de atender circunstancias de necesidad».

Tiempo, Migraciones y el Ministerio de Salud «determinarán y habilitarán los trámites internacionales pertinentes para ingresar al territorio nacional. de nacionales o extranjeros residentes en el país y extranjeros autorizados no residentes ”, y“ para el retorno de personas del territorio nacional ”, agrega el texto.

Por otro lado, los transportistas y tripulantes que «ingresan por tierra, tanto extranjeros como nacionales debe adjuntar a la declaración jurada, el resultado negativo de la PCR en tiempo real o la prueba LAMP para SARS-CoV-2, el que tendrá una vigencia de siete días de realizado ”.

«Similar temperamento se aplicará con respecto al transporte internacional de pasajeros marítimo y fluvial, manteniendo dos barcos internacionales semanales», completa la norma.

recomendaciones

Asimismo, reitera «la recomendación a los nacionales o extranjeros residentes en el país y, en particular, a los mayores de 60 años o a las personas pertenecientes a grupos de riesgo, diferir sus viajes al exterior, cuando no responden al desarrollo de actividades esenciales«.

También se recuerda, en caso de hacerlo, «la necesidad de tener un servicio de salud para viajeros Covid-19 en el extranjero para cobertura médica y / o aislamiento y reportar los lugares donde estuvo en los últimos 14 días previos al reingreso al país, entre otros. «

Asimismo, las condiciones impuestas por la autoridad sanitaria nacional deben cumplirse y someterse a la control de las autoridades provinciales, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y municipales, en sus respectivas jurisdicciones y áreas de su competencia ”, según se detalla en la norma.

Titular con información de Telam.