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se flexibilizan los requisitos de ingreso al país de los extranjeros sin esquema completo de vacunación / Sociedad

Como parte de las flexibilidades graduales que se impulsaron desde septiembre pasado, el Gobierno decidió flexibilizar los requisitos para el ingreso de extranjeros a la Argentina que no cuenten con la calendario de vacunación completo contra el coronavirus.

Por medio del Resolución 2948/2021, publicado este miércoles en el Boletín Oficial, se establecieron las condiciones generales para que los extranjeros no residentes no vacunados, «puedan acceder a la excepción de cumplimiento del requisito del esquema de vacunación oportuna y completo requerido para ingresar al país».

La normativa estableció que el acceso a este beneficio para ingresar al país dependerá de si el viaje se enmarca dentro de alguno de los supuestos especificados por el Ministerio de Salud. Pero también se necesita «un certificación consular remota dar cuenta del mismo en los términos definidos por el Ministerio de Relaciones Exteriores. «

Según lo señalado por el Ejecutivo, el familiares directos de argentinos o residentes en el país que viajan por «motivos de visita familiar y que manifiestan no contar con un esquema de vacunación completo según criterios establecidos por país de origen».

En este punto se especificó que deben ser hijos, padres, cónyuges o parejas de argentinos o residentes. La documentación requerida incluye “acta de matrimonio o nacimiento, certificación de unión civil / convivencia o certificación emitida por autoridad local que acredite la convivencia, documento nacional de identidad argentino del familiar que dé el criterio”.

La documentación debe estar apostillada, y también se debe presentar copia del pasaporte y se debe declarar la fecha programada del viaje.

El beneficio también se extiende a los extranjeros no residentes que viajen por razones de trabajo, negocios, estudios / formación, viajes oficiales de diplomáticos o funcionarios o por ser deportista y requerir participar en un evento deportivo y que manifiestan no contar con un esquema de vacunación completo según criterios establecidos por país de origen.

En este caso se deberá presentar documentación que justifique los criterios invocados, ya sea carta del empleador, carta del anfitrión en el país, o de la contraparte comercial, carta oficial del organismo del Estado que envía al funcionario extranjero en misión oficial o prueba de registro. en una institución educativa o en un congreso o invitación de la entidad deportiva que organiza el torneo internacional.

Aquellos extranjeros a los que se les conceda un visa en categorías migratorias permanente o temporal.

La documentación que acredite las condiciones y requisitos exigidos en esta resolución deberá ser portada por la persona que ingrese al país en todo momento, al menos durante los primeros 14 días posteriores al ingreso.

En tanto, los extranjeros que por su función diplomática estén acreditados ante el Estado argentino, para acceder a la excepción del requisito de vacunación con esquema completo, cuya última dosis haya sido aplicada al menos 14 días antes de ingresar al país, podrán tramitar ante el Ministerio de Relaciones Exteriores, por única vez «, un certificación consular con respecto a que, como poseedores de dicha acreditación, están exentos de la restricción de ingreso al país «.

Se flexibilizan los requisitos de entrada para extranjeros sin un esquema de vacunación completo

Las nuevas excepciones se establecieron en la Resolución 2948/2021, publicada este miércoles en el Diario Oficial.


GRB

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Fuente: Clarin.com

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