¿son las telco Servicio Público Esencial? /Titulares de Negocios

La justicia dio razón a Telecom tras el decreto sobre las telecomunicaciones como servicio público imprescindible. Ahora la Enacom comparecerá ante el Tribunal Supremo

Sorprendentemente, o no, la Sala II de la Cámara de lo Contencioso Administrativo Federal, con mayoría de votos Dio motivo a Telecom Argentina ante una convocatoria y emitió una medida cautelar a su favor Qué suspende los artículos 1 a 6 del DNU 690/2020 tuvieron declarado como servicio público imprescindible para las telecomunicaciones.

El año pasado en medio de la pandemia de coronavirus, y después del boom de las conexiones a Internet por cuántas plataformas aparecieron, ya sea para trabajar o para conectarse con familiares o amigos, por Decreto 690 el gobierno dijo servicios públicos esenciales y estratégicos en competencia con telefonía celular y fija, Internet y televisión de pago.

Lo que se quería era que los operadores de cable y telecomunicaciones no pueden aumentar los precios a petición suya ni establecer sus condiciones de comercialización.

Las dos palabras clave que definen la polémica son «inversiones» y «tarifas».

Las empresas cuestionaron la medida porque afirman que el DNU Cazará y cazará inversiones, ademas de poner más obstáculos a las PYME para que sigan sobreviviendo.

Por otro lado, por parte del estado, aseguran que subir las tarifas o reducir el servicio a algo tan necesario como Internet es un problema en la actualidad. Y que, en este sentido, el Estado recuperaría las herramientas para controlar y regular precios, calidades, tipo de servicio y universalidad.

En resumen, él los precios se han congelado de estos servicios y creado planes inclusivos para quienes lo necesitan.

Sin embargo, como explica a iProfesional el consultor y ex director de Enacom, Agustín Garzón, es negativo para el sector porque el aumento de precio depende del gobierno no es un buen incentivo especialmente en un país donde está difícil de predecir la inflación.

Tampoco es un buen guiño que hayan roto los contratos existentes en 4G e Internet, donde no ha habido una intervención de precios por parte del gobierno. De esta forma, las empresas de telecomunicaciones se ven obligadas a invertir, lanzar fibra, antenas, etc., pero sin reglas claras.

“Primero, el gobierno estableció que era un servicio público, luego avanzó sobre la posibilidad de subir los precios. La medida cautelar es la medida adecuada. Lo lógico sería que suspendan la aplicación del 690 para todo el mercado para que haya una aplicación uniforme«, resume Garzón.

El decreto crea dos obligaciones: por un lado, el aumento de precio lo decide el gobierno ya que debe aprobarlo. Pero además, establece la obligación de brindar el PBU (Beneficio Básico Universal), a precios subsidiados.

«No tiene sentido cobrarle al sector privado cuando ya está contribuyendo al Fondo Fiduciario de Servicio Universal». Las empresas ya aportan el 1% de sus ingresos al Fondo. En cualquier caso, si quieren subvencionar las tarifas, lao pueden hacerlo con este fondo con tarifa social para personas de bajos ingresos gracias a un sistema de «subsidio a la vista»», Explica el exdirector de Enacom.

¿Fue «necesario y urgente»?

Ante esto, Telecom Argentina acudió a los tribunales alegando que «la inconstitucionalidad de un DNU que no es ni necesaria ni urgente“El 28 de enero de 2021, el juez de justicia rechazó la medida cautelar solicitada contra el Poder Ejecutivo Nacional (PEN) y la Agencia Nacional de Comunicación (ENACOM).

Pero en las últimas horas, sala II de la Cámara Federal de lo Contencioso Administrativo finalmente le dio la razón.

Desde Enacom, por su parte, anunciaron que presentarán un recurso federal extraordinario por plantear la polémica ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación y “continuará con sus políticas públicas de defensa de los derechos humanos de las telecomunicaciones y de todos los usuarios”.

¿Cuáles fueron los argumentos del gobierno?

El Poder Ejecutivo, a través del DNU, aseguró que « el derecho de acceso a Internet es, en la actualidad, uno de los derechos digitales pertenecientes a cualquier persona para el ejercicio y goce del derecho a la libertad de expresión «.

En este sentido, ilustró que “la ONU ha expresado en diversos documentos la relevancia de las tecnologías de la información y la comunicación (TIC) por el desarrollo de una sociedad más igualitaria y la importancia de que todas las personas tengan la garantía de tener acceso a ella«.

Respuesta de telecomunicaciones

Telecom, en apelación, encontró que la presupuestos legales para la calificación de «servicio público» una actividad privada gratuita realizada en condiciones competitivas. En consecuencia, a su juicio, es ilegítimo que el organismo ejecutor sea el que fije el marco normativo (artículo 42 de la Constitución …

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Fuente: www.iprofesional.com
Esta nota fué publicada originalmente el día: 2021-05-03 21:45:00