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Sunass -a través de un cambio normativo- propone que las municipalidades provinciales eviten solicitar autorización para prestar servicios de saneamiento, si no se enmarcan en el proceso de integración de prestadores liderado por Otass.

Específicamente, con el proyecto normativo difundido a través de la RCD 112-2022-SUNASS-CD, se establecen disposiciones adicionales a las contenidas en la RCD 037-2019-SUNASS-CD, las cuales buscan que las solicitudes de aplicación de la autorización excepcional, presentadas por la municipios de pequeñas ciudades, se encuentran en el marco de un proceso de integración planificado, para evitar solicitudes que no se ajusten al marco normativo.

Las solicitudes excepcionales de autorización serán evaluadas por la Sunass, previa verificación de que el Organismo Técnico de Administración de los Servicios de Saneamiento (Otass) haya elaborado el informe de integración especificando la planificación de la integración de la pequeña ciudad al ámbito de la empresa prestadora.

En este sentido, la autorización excepcional sólo podrá ser concedida a aquellos municipios que tengan una justificación para excluirse temporalmente del planeamiento aprobado por la Otass, para que una vez finalizado el plazo máximo de 3 años de excepcionalidad, se integren según dicha planificación.

Cabe señalar que la Ley Marco 1280 establece como uno de los objetivos de la política pública del sector saneamiento, lograr la integración de los prestadores de servicios de saneamiento.

Dicha política se enfoca en lograr la eficiencia empresarial mediante el aprovechamiento de las economías de escala, la sostenibilidad de las inversiones y el ordenamiento de la prestación de los servicios de saneamiento.

El proceso de integración es liderado por la Otass y consiste en un proceso progresivo de unificación de prestadores a nivel provincial, interprovincial, regional y macrorregional.

Las contribuciones y sugerencias al proyecto normativo pueden ser enviadas por los interesados hasta el 12 de diciembre de 2022a través del siguiente enlace: https://bit.ly/3EGZ3py

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