El debate sobre los quebrantos en el impuesto a las Ganancias
En medio de la disputa entre el Gobierno y un grupo de grandes empresas por el pago de impuesto a las Ganancias, el oficialismo incluyó en la reforma laboral un artículo que podría determinar un cambio clave en el debate de fondo: si las compañías pueden descontar de sus declaraciones tributarias las pérdidas de años anteriores.
La actualización por inflación de los quebrantos
Es una pulseada que Clarín anticipó hace algunas semanas y que tiene como protagonistas a ARCA y un reducido grupo de grandes firmas. El eje de la discusión es lo que los contadores denominan quebrantos, es decir, la posibilidad de pagar menos impuesto a las Ganancias si en años anteriores esas firmas tuvieron pérdidas.
Y, sobre todo, si los montos de esas pérdidas se pueden actualizar por inflación para que no pierdan valor de un año a otro. Se trataría así de un mecanismo de compensaciónn para que las empresas no paguen por Ganancias que, en términos reales, no tuvieron.
El impacto del recálculo en las empresas
En la práctica, esto implica que si una empresa registró una pérdida de $100 millones en un determinado ejercicio, al intentar deducir ese importe en años posteriores para calcular Ganancias, la inflación licuó su valor real.
La posición de las empresas y del Gobierno
La controversia no es reciente y cuenta con antecedentes judiciales, incluso con pronunciamientos de la Corte Suprema de Justicia. En el fallo Telefónica, de octubre de 2022, el máximo tribunal sostuvo que la imposibilidad de actualizar los quebrantos por inflación podría derivar en un efecto confiscatorio y vulnerar el derecho de propiedad.
El Gobierno busca resguardar su porción de la recaudación y, como parte de la negociación, puso sobre la mesa para las empresas un plan de pagos sin aplicación de multas, con el objetivo de que adhieran y desistan de los litigios en curso. «Es un plan muy atractivo», describió una fuente oficial.
La inclusión del tema en la reforma laboral
En medio de esa pelea, el Poder Ejecutivo incluyó en el proyecto de reforma laboral un artículo que pareciera, según opinión de los especialistas, zanjar la discusión «hacia adelante». En el artículo 186° plantea que los quebrantos podrán ser actualizados por el Índice de Precios al Consumidor (IPC). Hasta ahora, permitía un recálculo por inflación mayorista.
Esto no implica una resolución de todas las disputas presentes, sino que, en todo caso, evita que las haya en el futuro. «Ahora hay menos inflación, la actualización va a ser menor, no es tan relevante como quebrantos anteriores», consideró Domínguez.
Conclusiones sobre el tema
Para Diego Fraga, abogado tributarista y socio de Expansión, recuerda que en rigor la reforma de Ganancias que había hecho el gobierno de Mauricio Macri en 2017 ya estipulaba la actualización por inflación. «El gobierno la niega con una extraña interpretación de la ley, y esto ha dado lugar a muchos y polémicos reclamos contra las empresas que han aplicado el ajuste», comentó a Clarín.
En tanto, si bien reconoció como positivo que haya un reconocimiento del Gobierno de que las pérdidas deben ser actualizadas, «lo que no puede resultar admisible es que se sigan reclamando, bajo la amenaza de sanciones -inclusive penales- ajustes basados en negar el ajuste de los quebrantos». «Esto va en contra de la jurisprudencia de la Corte Suprema y de lo que prevé el texto de la ley del Impuesto a las Ganancias», concluyó Fraga.
En definitiva, la actualización por inflación de los quebrantos en el impuesto a las Ganancias es un tema de debate que involucra a grandes empresas y al Gobierno, con posiciones encontradas respecto a la interpretación de la ley y su aplicación.
