La polémica recategorización del monotributo
La recategorización del monotributo ha generado controversia este año debido a la inclusión de información proveniente de billeteras virtuales en el cálculo de la facturación de los contribuyentes. Este proceso, que se realiza cada seis meses, determina en qué categoría del régimen simplificado debe estar cada monotributista.
¿Qué datos se están considerando?
El Gobierno asegura que solo se tienen en cuenta las operaciones comerciales, como cobros con QR o tarjetas, para calcular la facturación total de los últimos doce meses. Sin embargo, usuarios han expresado quejas en redes sociales por ser recategorizados de manera incorrecta, alegando que se están considerando transferencias casuales o de persona a persona.
Proceso de recategorización
El período de recategorización «voluntario» finalizó el pasado 5 de febrero, dando inicio a las reubicaciones «de oficio» por parte de ARCA según la información disponible. Los cobros realizados a través de billeteras virtuales como Mercado Pago pueden ser determinantes para la recategorización, siempre y cuando superen la facturación declarada.
La visión de los expertos
La contadora pública Yanina Beade destaca la importancia del cruce masivo de información financiera y declaraciones impositivas en el proceso de fiscalización. Por otro lado, el tributarista Marcelo Rodríguez sugiere evaluar la conveniencia de estar en el régimen general en lugar del simplificado, considerando que podría ser menos riesgoso a largo plazo.
Topes máximos de facturación
Los topes máximos de facturación anual determinan a qué categoría corresponde cada monotributista, estableciendo un límite de ingresos brutos acumulados en los últimos 12 meses. Superar estos montos obliga a recategorizarse o incluso pasar al régimen general de IVA y Ganancias si se excede el máximo permitido.
Conclusiones
La recategorización del monotributo ha generado debate debido a la inclusión de datos de billeteras virtuales en el proceso. A pesar de las quejas de algunos usuarios, el Gobierno sostiene que solo se consideran operaciones comerciales para determinar la facturación total. Es fundamental estar al tanto de los requisitos y topes establecidos para evitar inconvenientes en la categorización como contribuyente.
