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en Argentina ya hay 25 hijos que tienen tres padres o madres / Sociedad

Ellos son los que acudieron a la justicia. Los primeros fueron en 2015. No hay que presentar pruebas pero sí demostrar el vínculo afectivo.

Una mujer escribió una carta a sus hijos antes de morir. No quería seguir guardando el secreto que más le dolía. Al leer el texto, los jóvenes aprendieron que su padre, el que los había criado, no era su padre biológico.

Ante tal situación y ante un requerimiento, la Justicia resuelve que se reconoce la triple filiaciónes decir, una persona puede tener dos madres y un padre, o dos padres y una madre.

en argentina hay 25 casos de paternidad múltiple. Ocurrieron en CABA, provincia de Buenos Aires, Santa Fe, Chubut, Tucumán, Córdoba, Salta, Formosa, Santa Cruz y Mendoza. Cada uno es muy diferente del otro.

Los dos primeros fueron en 2015, justo antes de que entrara en vigor la reforma del Código Civil y Comercial. Los adultos no tramitaron las solicitudes, que terminaron favorablemente en los registros civiles bonaerenses y bonaerenses.

En todos los demás casos, sí. se solicitó el reconocimiento de la triple filiación, y también fueron aceptados. Solo en dos no ocurrió porque al momento de resolver, los niños ya no tenían vínculo afectivo con ninguno de los tres adultos.

La judicialización es la única forma de eludir el artículo 558 del Código Civil y Comercial, que establece que ninguna persona puede tener más de dos enlaces de afiliado. Los jueces pueden decretar la inconstitucionalidad o inaplicabilidad de la norma.

Fuertes lazos afectivos

La principal base para reconocer que tres personas pueden compartir legalmente la maternidad y la paternidad es lo socioafectivo. «Está el vínculo afectivo, fuerte, sólido y sostenido entre un adulto que pretende ser padre y un menor para ser hijo o hija sin desplazar a los padres que ya tiene”, dice la investigadora del Conicet, la UBA y la UNDAV, Marisa Herrera, en diálogo con Clarín.

El abogado Andrés Gil Domínguez agrega: «Estos vínculos no se basan en la filiación natural sino que son construido sobre el afecto social y la voluntad procreadora, es decir, el deseo de ser padre o madre».

El experto en derecho de familia destaca que «la triple filiación o registro amoroso poliamor, ¿Cómo se llama el amor que se extiende a más de dos personas? Es una forma más de formar una familia. y para no romper el sistema binario, se mantiene lo que existe aunque se amplíen los vínculos».

También se considera como un punto central. El interés superior del niño. Herrera relata un caso en el que “el niño es entrevistado y pide que no se desplace a su padre legal no biológico. Y, además, empezó a tener un vínculo afectivo con el padre biológico, por lo tanto, tiene un vínculo afectivo con ambos”. » . Esta situación conduce a se reconoce al padre biológico sin desplazar a la persona que lo crió.

Gil Domínguez basa estas órdenes en la Constitución Nacional y los tratados internacionalesporque «es necesario garantizar el derecho a formar una familia plural«.

Antes de la concepción

“Hay que respetar el derecho a la intimidad ya la no discriminación cuando se utilizan técnicas de reproducción asistida”, afirma el abogado. En su estudio de abogados, la mayor cantidad de consultas que recibe son las que él llama «originales», es decir, cuando la triple filiación se piensa antes de la concepción.

No se trata de sentencias controvertidas sino son solicitudes de reconocimiento, en las que se debe acreditar el vínculo. Sin embargo, el camino judicial no es sencillo. “Todo el tiempo hay oposición a los pedidos de defensores y fiscales. Tienen que defender la legalidad, pero oponerse al pleno ejercicio de los derechos. Así ignoran la Constitución y los tratados internacionales para priorizar su ideología”, enfatiza Gil Domínguez.

En el campo legislativo hay proyecto de ley que propone modificar los artículos 558 y 578 del Código Civil y Comercial y así regular la triple filiación. La propuesta, que tiene rango parlamentario, está impulsada por la senadora Cristina López Valverde.

Sentencias que reconocen derechos

El primer registro de una triple afiliación en América Latina fue en La Plata. Las esposas Susana y Valeria registraron a su hijo Antonio con sus apellidos, hasta el 22 de abril de 2015, cuando el Registro Provincial de las Personas de Buenos Aires Permitió que el padre biológico, Hernán, también le diera su apellido.

El bebé con sus dos mamás y el papá. Foto: Mauricio Nievas.

​Uno de los últimos casos se resolvió este año y fue por petición de dos hermanos mayores. Su madre murió y les dejó una carta para que supieran quién era su padre biológico.

Por ello, los jóvenes se presentaron ante el Juzgado de Familia N° 1 de San Isidro para pide triple afiliación, pero manteniendo tu apellido. El 15 de junio de 2022 se declaró inaplicable el artículo 558. Dice la sentencia que tienen madre y padre biológicos y un «pareja afectiva»: y que esta filiación por pareja afectiva rompe «el paradigma biológico-binario, de los sistemas de filiación natural».

El fallo agregó que negar una filiación múltiple significaba «privar a la persona de derechos de carácter suprajurídico respecto de la maternidad/paternidad ejercida en los hechos”.

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Fuente: Titulares.com

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