El Gobierno establece el nuevo Salario Mínimo Vital y Móvil
Tras el fracaso de la última reunión mantenida el 26 de noviembre pasado entre representantes de los trabajadores y los empleadores, el Gobierno estableció en forma unilateral el nuevo monto del Salario Mínimo Vital y Móvil para diciembre de este año, y anunció aumentos mensuales escalonados hasta agosto de 2026.
Resolución 9/2025 y parámetros para la prestación por desempleo
En paralelo, la Resolución 9/2025 publicada en el Boletín Oficial con la firma de la presidente alterna del Consejo, Claudia Silvana Testa, fijó los parámetros para la prestación por desempleo.
Nuevos valores del Salario Mínimo Vital y Móvil
Según ese texto oficial, el esquema propone los nuevos valores del salario mínimo, que desde agosto de este año estaba en $322.200 mensuales, para el período comprendido entre noviembre de 2025 y agosto del año próximo.
Aplicación del salario mínimo
La Resolución indica que estos valores se aplican a todos los trabajadores comprendidos en el Régimen de Contrato de Trabajo aprobado por la Ley 20.744, en el Régimen de Trabajo Agrario, en la Administración Pública Nacional y en las entidades y organismos del Estado Nacional que actúen como empleadores.
Exclusión de asignaciones familiares
Aclara, además, que las asignaciones familiares están excluidas del cálculo del salario mínimo y que las situaciones previstas en los artículos 92 ter y 198 de la Ley 20.744 se ajustarán proporcionalmente.
Importancia del Salario Mínimo Vital y Móvil
El Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM) es la remuneración mínima que debe recibir cualquier trabajador en relación de dependencia por una jornada laboral.
Propuestas y negociaciones
En la última reunión, en la que fracasaron las negociaciones, la Confederación General del Trabajo (CGT) propuso fijar el salario mínimo en $512.000 para noviembre, con una pauta de incrementos escalonados que lo llevarían a $553.000 en abril de 2026.
En paralelo, la CTA recordó durante la reunión que en abril las tres centrales habían acordado que el piso salarial debía ubicarse en $644.000, cifra que con una actualización progresiva debería llegar a $736.000 en noviembre.
El sector empresario, por su lado, ofreció un máximo de $326.000 para fin de este año y $ 349.000 en abril próximo.
Prestación por desempleo
En cuanto a la prestación por desempleo prevista en el artículo 118 de la Ley 24.013, la resolución indica que se mantiene la fórmula vigente desde septiembre de 2023, y que indica que el beneficio será equivalente al 75% del importe neto de la mejor remuneración mensual, normal y habitual del trabajador en los seis meses anteriores al cese del contrato.
Además, fija que “la prestación no podrá ser inferior al 50% del salario mínimo vigente ni superior al 100% del mismo”.
En resumen, el Gobierno estableció de manera unilateral el nuevo Salario Mínimo Vital y Móvil, con aumentos mensuales escalonados hasta agosto de 2026. Las negociaciones entre trabajadores y empleadores no llegaron a un acuerdo, y se plantean propuestas con diferencias significativas en los montos. La prestación por desempleo también se ha definido con parámetros específicos, manteniendo la fórmula vigente.
