El Poder Ejecutivo Nacional (PEN) envió el viernes a la Cámara de Diputados el proyecto de ley que propone una reforma integral de la Carta Orgánica del Banco Central de la República Argentina (BCRA). De ser aprobado, introduciría las modificaciones más relevantes al régimen legal de la entidad desde la reforma sancionada en marzo 2012 mediante la Ley 26.739 que modificó artículos de la Ley 24.144 de septiembre de 1.992.
La iniciativa parte de un criterio fundamental: fortalecer la independencia institucional del BCRA para redefinir el alcance de sus funciones y limitar los mecanismos de asistencia financiera al sector público.
La reforma propuesta busca modificar una reforma del BCRA realizada por el kirchnerismo en 2.012 con una gran dosis de populismo para pasar a una reforma de neto contenido liberal similar a la reforma de 1.992. Más allá de sus efectos sobre la política monetaria, el proyecto plantea una discusión de carácter institucional acerca del rol que debe desempeñar el BCRA dentro de la organización económica del Estado.
Un único objetivo para el BCRA
Uno de los cambios más significativos consiste en la modificación del artículo 3° de la Carta Orgánica. El proyecto propone que la misión primaria y fundamental del BCRA vuelva a ser exclusivamente preservar el valor de la moneda, retomando la redacción original de la Ley 24.144. De este modo, quedarían sin efecto los objetivos múltiples incorporados por la reforma del kirchnerismo del 2012.
Restricciones al financiamiento del sector público
El proyecto incorpora modificaciones destinadas a restringir la posibilidad de que el BCRA financie al Estado mediante emisión monetaria y entre las principales medidas se encuentran la derogación del régimen de Adelantos Transitorios al Tesoro Nacional, la prohibición de otorgar préstamos al Estado nacional y la prohibición de adquirir títulos públicos directamente en el mercado primario.
Cambios en la independencia institucional del BCRA
Otro de los ejes de la iniciativa está vinculado con el funcionamiento institucional del BCRA. El proyecto propone modificar el régimen de remoción de las autoridades de la entidad, estableciendo causales específicas y objetivas para su desplazamiento.
Nuevo régimen para las utilidades del BCRA
La iniciativa también modifica el sistema mediante el cual el BCRA determina y distribuye sus resultados. Se establece que solo podrán distribuirse utilidades efectivamente realizadas y líquidas, excluyendo de la masa distribuible las ganancias derivadas de variaciones del tipo de cambio o de la valuación del oro.
Saneamiento del balance
El proyecto prevé un régimen transitorio destinado a cancelar progresivamente las Letras Intransferibles del Tesoro y los Adelantos Transitorios registrados en la actualidad como activos de la entidad, con el objetivo de mejorar la composición patrimonial del BCRA.
Adecuación del marco operativo
La iniciativa también introduce modificaciones de carácter operativo, actualizando las facultades del Banco Central para realizar operaciones con distintos instrumentos financieros, incorporando reglas específicas para la administración de las reservas internacionales y adecuando distintas disposiciones al funcionamiento habitual de los bancos centrales modernos.
La iniciativa deberá ahora ser analizada por ambas cámaras del Congreso, donde comenzará desde agosto un debate que probablemente abarque no solo aspectos técnicos vinculados al funcionamiento del Banco Central, sino también el diseño institucional de la política monetaria argentina para los próximos años. Se trata de la primera modificación impulsada sobre la norma en casi 15 años. De ser aprobada, la reforma será la sexta de la Carta Orgánica del BCRA desde su creación en 1935, reflejando los distintos modelos económicos implementados en el país.
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