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El Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) aumentó la piso de operaciones a través de los cuales se aplican los regímenes de retención de impuestos en la Impuesto al Valor Agregado (IVA) y el Impuesto sobre la renta.
En la misma línea, establecer un mecanismo de actualización automática para los mínimos basados en el inflación.
AFIP: ¿Cuánto aumentó el piso para pagar IVA y Utilidades?
El AFIP emití el Resolución General 5370/2023 mediante el cual informó que no retendrá IVA ni beneficios cuando el monto a retener sea menor o igual a $2,000. Antes del anuncio, el suelo estaba $900.
Además, quienes realizan ventas de muebles, locales y beneficios que se pagan a través de granos no destinados a la siembrase aplicarán retenciones cuando superen $3,800 en vez de $2,000 planificado.
Asimismo, la AFIP aumentó el monto mínimo mensual por el cual las empresas de servicios públicos deben beneficiarse del régimen de información al cliente. La cantidad pasó de $16,000 a $31,000.
Los cambios entrarán en vigor a partir de 1 de julio con el objetivo de «recuperar el carácter del parámetro de destino representativo de las operaciones realizadas en cada caso«.
AFIP: ¿cuál es la fórmula de actualización anual?
Ante la inflación que registra el país, los pisos de IVA y de la Impuesto sobre la renta actualizarse en base al coeficiente anual que resulte de la variación del Índice de precios al consumidorr (IPC) correspondiente a Diciembre del año anterior.
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Fuente: cronista.com