los patentar es un impuesto anual que se aplica a los vehículos ubicados en un distrito, que en el caso del Ciudad de Buenos Aires se paga en seis cuotas bimestral, aunque existen exenciones por antigüedad del vehículo o por condiciones especiales que puede acreditar el propietario para lograr dicho beneficio.
«La valoración de los automóviles se calcula anualmente de acuerdo con sus características y los valores asignados por la cámara representativa de la actividad aseguradora automotriz, las compañías de seguros, publicaciones especializadas y la cámara de concesionarios oficiales. Vehículos con guarda regular o estacionamiento en el Ciudad autónoma de buenos airesTambién deben estar ubicados en él ”, explica el sitio web oficial del gobierno de Buenos Aires.
Los beneficios por pago a tiempo o por adelantado.
El gobierno de Buenos Aires ofrece descuentos adicionales «Para un buen cumplimiento». Quienes pagan a tiempo obtienen un bono del 10 por ciento al año siguiente, que se aplicará a cada una de las seis cuotas. El pago se considera pago a plazo antes de la primera fecha de vencimiento de la cuota.
También puedes conseguir una bonificación del 10 por ciento en el mismo año pagando las seis cuotas en un solo pago anual.
El portal de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos (AGIP).
Mientras que quienes no registran deudas y se adhieren al Débito Automático, pueden recibir importantes descuentos aplicados a cualquiera de las seis cuotas anuales; para ello tienes que consultar el sitio www.agip.gob.ar.
¿Cuándo termina la patente en CABA?
Solo algunos casos particulares están exentos de este impuesto.: en la Ciudad de Buenos Aires, por ejemplo, los autos de más de 25 años no pagan licencia. Tampoco los vehículos, nuevos o usados, destinados al uso o traslado de personas con determinadas discapacidades, vehículos oficiales o automóviles propiedad de funcionarios extranjeros, entre algunos otros casos específicos.
Pero todos aquellos que no respondan a estas excepciones, y tengan coche, debe pagar el impuesto de patentes.
Entre los particulares que quieran acreditar el destino del vehículo para el uso o traslado de personas con discapacidad, dicha exención del pago de la patente cubre un solo vehículo por persona y siempre que el beneficiario conserve la titularidad del dominio. Mientras que para los casos en los que el beneficiario de la exención no sea el propietario del dominio, existe un límite máximo en la valoración fiscal del vehículo.
La finalización del trámite requiere la presentación de documentación. A saber:
Los inspectores de la AGIP colocan carteles en los parabrisas de los autos con deudas de patentes, en Puerto Madero. (GCBA)
–Título completo de propiedad automotriz. El mismo debe registrarse a favor del beneficiario o cónyuge o pareja, padre, madre o tutor en caso de discapacidad, nietos o pareja del beneficiario. Copia certificada por la Dirección Nacional de Registro de la Propiedad Automotriz y Créditos Prendarios (DNRPA y CP).
–Certificado de discapacidad expedido por la junta médica del hospital correspondiente del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.
-DNI de ambas caras del propietario del vehículo y del beneficiario, en su caso.
-Formulario «Solicitud de exención para personas con discapacidad – Patentes», está al final de esta página. Puedes descargarlo y completarlo. Y luego envíe el archivo adjunto en el proceso.
–Nota solicitando exención: motivo, nombre y apellidos del titular, número de patente del vehículo, firma, aclaración, DNI.
Si el beneficiario no es el propietario del dominio, Debes adjuntar el documento correspondiente que acredite el enlace. Debe ser el «certificado de convivencia con la persona discapacitada, si el vehículo está a nombre de la persona que convive con el beneficiario»; o la “partida de nacimiento si el vehículo está a nombre del padre, la madre o el nieto del beneficiario”, o la “partida de matrimonio si el beneficiario es el cónyuge del propietario”.
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Fuente: Clarin.com