El Jurado Electoral Especial (JEE) de Lima Oeste 1 declaró fundado el pedido de nulidad de las elecciones en el distrito de Lince por graves irregularidades en el desarrollo del proceso y la vulneración de las normas electorales y derechos fundamentales de carácter constitucional.
Según Resolución N° 01963-2022-JEE-LIO1/JNE, el logo de la organización política Avances del país no se incluyó en la papeleta para esa jurisdicción, a pesar del mandato emitido por el Quinta Corte Constitucional de Lima.
Dicha instancia del Poder Judicial otorgó una medida cautelar ordenando la suspensión de una resolución del JEE de Lima Oeste 1, que había declarado improcedente la solicitud de registro de su lista de candidatos por falta de firma digital del personero.
La decisión fue notificada al Jurado Nacional de Elecciones (JNE) el 16 de septiembre, disponiéndose el registro y publicación de la lista de candidatos de Avanza País para el Concejo Municipal Distrital de Lince.
No obstante lo ordenado por el Poder Judicial y lo dispuesto en la presente JEE de Lima Oeste 1, esto no fue cumplido por la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE)ya que es el organismo encargado de preparar e imprimir las papeletas de voto.
Por ello, manifiesta que dado que Avanza País no fue incluido en la lista de candidatos «per se» origina un “Distorsión en el voto, ya que se ha privado a los votantes de ver dicha candidatura y eventualmente votar por ella”.
Por todos estos argumentos, el JEE de Lima Oeste 1 declaró fundado el pedido de nulidad de elecciones en el distrito de Lince, presentado por el representante legal de Avanza País, Aldo Fabrizio Borrero Rojas.
Finalmente, se dispuso enviar la resolución a la Oficina Desconcentrada de Procesos Electorales (ODPE) de Lima Oeste 1, así como a la ONPE para su conocimiento y efectos.
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