Un hombre que era condenado a 10 años de prisión por violar a una niña No irá a prisión: la sentencia que lo condenó fue anulada por la Corte Superior de Justicia de Chubut por la demora entre el veredicto y la emisión de la sentencia. El juicio se llevará a cabo nuevamente.
Además, fuentes vinculadas a la Fiscalía confirmaron que «el fiscal general de la provincia, Jorge Miquelarena, apeló la sentencia ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación», para que el caso pudiera permanecer en un «limbo» judicial quizás durante años, señalaron las fuentes, por un trámite basado en el incumplimiento de los plazos.
El imputado DAH, de 52 años, fue denunciado en la Comisaría de la Mujer por una adolescente cercana a él que afirmó haber sido víctima de abusos por su parte. sistemáticamente desde los 11 años.
La investigación recayó en la fiscal María Alejandra Hernández, quien acusó a DAH del delito de «abuso sexual con acceso carnal agravado por la situación de convivencia preexistente en detrimento de una niña menor de edad ”.
La víctima presentó la denuncia a los 16 años y el DAH fue llevado a juicio, que se llevó a cabo de forma oral, pero no pública.
Mientras fue sentenciado a 10 años de prisión por un juzgado de Puerto Madryn, su abogado defensor, Fabián Gabalachis, realizó una presentación en la que argumentó que habían transcurrido más de tres meses entre la sentencia condenatoria y la sentencia posterior a la audiencia de cesura.
«Hice la presentación porque esto no puede pasar, los juicios tienen un principio de continuidad y desde el inicio del debate hasta la audiencia de cesura es el mismo juicio que tiene plazos claramente establecidos por el Código«Explicó Gabalachis.
El fiscal apeló una denuncia ante el tribunal de origen y ante el Tribunal de Apelaciones, donde no tuvo éxito. Pero luego llegó al Tribunal Superior de Justicia, que le dio la razón «porque el código es muy claro en ese sentido», dijo.
El artículo 358 del Código Procesal Penal de Chubut se refiere a los plazos e indica en el párrafo 4 que «cuando la duración del debate sea menor a treinta días, el período máximo de deliberación Se ampliará a cinco días y el de dictar sentencia, a diez.«.
Durante todo el proceso, DAH permaneció en libertad porque se consideró que no existía peligro de fuga ni posibilidad de entorpecer la investigación, dos de los aspectos que se toman en cuenta al evaluar la necesidad de prisión preventiva.
«La audiencia de cesura se fijó para el 18 de marzo y dos días antes de que se decretó el aislamiento debido a la pandemia”, dijo María Angélica Carcano, fiscal del juicio, justificando la primera demora de la audiencia para pedir sanción.
Debido a este retraso, la audiencia se realizó unos meses después y existió el gran inconveniente.
«La Corte Superior de Justicia dice que pasó mucho tiempo entre la primera y la segunda parte y como debe haber continuidad, el juicio debe hacerse nuevamente«agregó el fiscal en diálogo con Tennesse, donde también admitió que no se sabe cuándo comenzará el nuevo juicio.
Deben repetir el juicio
El abogado Gabalachis recordó que «este no es el único caso que ocurrió en Chubut por circunstancias muy similares», y se refirió a la sentencia que recibió un religioso.
Es el caso del pastor evangélico SF, de El Maitén —un pequeño pueblo de la sierra de Chubut—, quien fue condenado el año pasado a servir 14 años de prisión por violar a su hijastra.
El procedimiento fue cuestionado por las mismas formalidades y debe repetirse el juicio por «suspensión excesiva del proceso».
En ese caso, se argumentó que “la sentencia condenatoria se dictó el 17 de marzo de 2020, mientras que la lectura íntegra de la sentencia se completó el 10 de agosto del mismo año, es decir, casi cinco meses después”dijeron los magistrados al ordenar un nuevo juicio.
Al justificar las demoras que hacen fallar las penas graves por trámites, se argumentó que la dificultades de procedimiento que son producidos por la pandemia de coronavirus. Pero la justificación no se ajusta a los especialistas.
“No estamos hablando del juicio en sí, que se lleva a cabo con los protocolos, según corresponda, sino del tiempo que pasa desde el momento del veredicto hasta que se dicte sentencia, pasando por la audiencia de cesura «, explicaron a la agencia de noticias Telam consulto abogados penales.
Además, advierten que «el foco de los protagonistas centrales de estas terribles historias, que son las victimas, que por retrasos del sistema con los que no tienen relación, tendrán que afrontar otro juicio ”.
Con información de Télam.
LGP
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Fuente: Clarin.com