El gobierno de Dina Boluarte declaró en Estado de emergenciadurante 30 días calendario, las regiones de Lima, Puno, Cusco, así como la provincia del Callao, la provincia de Andahuaylas del departamento de Apurímac, en las provincias de Tambopata y Tahuamanu del departamento de Madre de Dios, y en las distrito de Torata, en Moquegua.
Según el decreto de emergencia publicado en la noche del 14 de enero, también se declaró el Estado de Emergencia a partir del 15 de enero de 2023, y por 30 días en vías clave de la Red Vial Nacionall: Carretera Panamericana Sur, Carretera Panamericana Norte, Carretera Central, Corredor Vial Apurímac Sur-Cusco-Arequipa, Corredor Carretera Interoceánica Sur.
Además, se precisó que a partir del 15 de enero de 2023, la inmovilización social (toque de queda) será obligatorio en el departamento de Puno, de 8:00 pm a 4:00 am
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Las medidas se toman en un marco de continuo protestas y siguiendo la recomendación del Comando General de la Policía Nacional del Perú, que luego de finalizado el Estado de Emergencia deberá presentar al Ministro del Interior, un informe detallado de las acciones realizadas durante el régimen de emergencia y los resultados obtenidos.
Estado de emergencia
- Durante la inmovilización social obligatoria, las personas podrán circular por las vías de uso público para la adquisición, producción y abastecimiento de alimentos, lo que incluye su almacenamiento y distribución para la venta al público.
- Durante la inmovilización social obligatoria, se exceptúa al personal estrictamente necesario que participe en la prestación de los servicios de salud, medicamentos, continuidad del agua, saneamiento, agricultura, pesca y acuicultura, transporte, servicios de vigilancia y seguridad, delivery, restaurantes. y hoteles, asistencia, servicios financieros, electricidad, gas, combustibles, telecomunicaciones, limpieza y recolección de residuos sólidos, servicios funerarios y actividades conexas.
- Durante la inmovilización social obligatoria, las oficinas de farmacia y boticas están autorizadas a brindar atención de acuerdo con la norma de la materia.
- El personal de prensa escrita, radial o televisiva podrá transitar durante el período de inmovilización social obligatoria siempre que porte su pase personal de trabajo, su respectiva credencial periodística y su Documento Nacional de Identidad (IDENTIFICACIÓN) con fines de identificación. La autorización también es extensiva para las unidades móviles que los transporten para el cumplimiento de su función.
- También se permite la circulación con vehículo particular o peatonal a aquellas personas que requieran atención médica urgente o de emergencia por estar en grave riesgo su vida o su salud; así como, para la adquisición de medicamentos.
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