cómo pagar las cuotas que vencen este mes. Este jueves hay un vencimiento aplazado en junio y a fin de mes el pago correspondiente a agosto. Debido a la reforma, deben realizarse con dos mesas diferentes. Abren la adhesión a la moratoria de hasta 60 acciones.
Por Paula López
Los 4 millones de contribuyentes de Monotax este mes enfrentan dos sueldos principales y un trámite obligatorio que, con las dos reformas que ha tenido el régimen simplificado este año, puede resultar difícil de entender e implementar.
Por un lado, tendrán que abonar este jueves la cuota de junio, que se pospuso en medio de los cambios ordenados por el Gobierno tras las quejas multiplicadas por la deuda retroactiva a enero que se había generado y que se desactivó con la segunda reforma.
También es el período máximo para actualizar los pagos adeudados durante el primer semestre del año. Sin embargo, este período está contemplado en la moratoria que la AFIP permitirá a los titulares de monorato regularizar su situación tributaria en un plazo de 60 meses.
Estas facilidades de pago estarán vigentes desde el próximo viernes hasta el 30 de septiembre, confirmado por la agencia de cobranza.
En tanto, el día 27 vence la cuota de este mes, que debe pagarse según la categoría de monorato vigente desde el 1 de julio y para la que se han incrementado aún más los topes de facturación anual.
La tabla de topes de recaudación y cuotas mensuales que rige el Monotax hasta enero de 2022. La complejidad que tienen los contribuyentes del llamado Régimen Simplificado este mes se completa con la recategorización obligatoria, que vence el 17 de agosto y que determinará el nivel de cobro. y la cuota mensual que debe pagarse antes del próximo mes de enero.
A ello se suman los problemas de acceso a la web que, como es habitual a principios de mes, generaban quejas por parte de usuarios y asesores fiscales. Al respecto, el Colegio de Profesionales en Ciencias Económicas de Buenos Aires envió una nota a la AFIP en la que instó a que se resuelvan lo antes posible los inconvenientes del sistema.
La entidad detalló las fallas que «Complican el normal desarrollo de las tareas profesionales». Indicó que las mayores dificultades se detectan al intentar acceder: Monotax y Cuenta Corriente Autónoma (CCMA); Mis instalaciones; Cupones en línea (el cobrador); Y
A continuación, una guía elaborada por Tn.com.ar para intentar aclarar las dudas más frecuentes de los monotributistas sobre el Agosto “recargado”:
Vencimiento de la cuota de junio
Este jueves 5 de agosto vence el plazo para el pago del impuesto de junio, que originalmente vencía el 25 de ese mes y se pospuso en medio del debate en el Congreso que canceló el contracargo de enero y generó deudas a los contribuyentes más monotax.
La tarifa debe pagarse con la tabla 2020, tal y como establece la normativa vigente. Así, por ejemplo, un contribuyente de categoría A que venda productos o preste servicios tendrá que pagar $ 1.955,68 en junio (la misma cantidad que pagó hasta mayo pasado) por concepto de integración fiscal y gastos de asistencia social y jubilación.
Con la tabla que generó polémica y resultó ineficaz, este mismo contribuyente tendría que pagar la cuota para el sexto mes de 2021 con un aumento del 35%, es decir, R $ 2.640.
Mientras tanto, un contribuyente de categoría H, el más grande por servicios, pagará $ 9451.93 en junio y un contribuyente de categoría K, el más grande por productos, pagará $ 14,716.41.
Cómo y cuándo se paga la tarifa de agosto
Debido a la segunda reforma, se hicieron cumplir los términos habituales de Monotax. Por tanto, los monotributistas también deberán pagar este mes la tasa correspondiente a agosto.
Así, en cuatro semanas se acumularán tres vencimientos si tenemos en cuenta que la cuota de julio ya estaba operando a fines del mes pasado.
En la fecha de vencimiento de mañana se agregará otra, que será el 27 de agosto, mientras que para septiembre se retomará el calendario habitual: es decir, el día 20 se abona la tasa, tanto para los que tienen débito automático como para los que pagan «en el día» por diversos medios electrónicos.
De acuerdo con la ley de exención de impuestos de Monotributo, la cuota para este mes -como sucedió con fines del mes pasado- debe hacerse con la nueva tabla, es decir, la vigente desde el 1 de julio: que eleva excepcionalmente los topes de recaudación con pagos. de la «vieja» tabla 2021, es decir, las que suponen un incremento del 35% en los importes interanuales.
Por lo tanto, un contribuyente de Categoría A pagará $ 2,640 en agosto, cuando su umbral de facturación se elevó a $ 370,000 por año (alrededor de $ 30,000 por mes). Algo similar ocurre con las categorías superiores, aunque con un aumento de tarifas:
OH, más alto por servicios, pagará $ 12,789.38 a partir de este mes, con un límite de facturación anual de $ 2.6 millones.
OK, el más alto por ventas de productos, pagará $ 19,912.74, con una facturación anual máxima de $ 3.7 millones.
La tabla con los incrementos anuales de ingresos establecidos por la nueva ley. (Foto: Cámara de Diputados)
¿Qué tal la recategorización semestral?
Además de las obligaciones de pago, los titulares de monorato deben completar la recategorización semestral antes del próximo martes 17, trámite obligatorio que fue pospuesto por la reforma y que regirá los parámetros para los próximos seis meses.
Para ello, el contribuyente deberá ingresar al servicio AFIP Monotax, donde encontrará información sobre la categoría actual (en base a la recategorización fáctica realizada por la agencia de cobranza el pasado mes de junio).
Este paso es importante, ya que debido a la reforma revocada, muchos contribuyentes estaban en una categoría más alta que sus parámetros de facturación actuales.
Hasta el 31 de enero de 2022, las escalas de Monotax eran las siguientes:
Categoría A: el umbral de facturación anual asciende a 370.000 dólares.
Categoría B: el límite era de $ 550.000.
Categoría C: Los ingresos aumentan a $ 770.000.
Categoría D: El monto máximo es $ 1,060,000.
Categoría E: El límite máximo alcanza los $ 1,400,000.
Categoría F: el umbral de facturación se mantiene en $ 1,750,000
Categoría G: El máximo aumenta a $ 2,100,000.
Categoría H: es la mayor para los que venden servicios y el techo de facturación será de R $ 2.600.000.
Categoría I: El máximo aumenta a $ 2,910,000.
Categoría J: el límite alcanza los $ 3.335.000.
Categoría K: El máximo se incrementa a $ 3,700,000.
En reunión en la Casa Rosada, el gabinete económico evaluó la implementación de la moratoria para el Instalaciones para ponerse al día
La nueva reforma del Régimen Simplificado también lanzó las siguientes modificaciones:
Puede iniciar un plan de pago para aquellos que están endeudados y eliminar las multas por incumplimiento que le permitirán cancelar las deudas vencidas en hasta 60 cuotas mensuales con intereses de financiamiento no superiores al 1.5% mensual.
Los monotributistas de nivel superior tendrán que pagar una tarifa especial para permanecer en el esquema y no registrarse. Pueden hacerlo siempre que sus ingresos no excedan la cantidad equivalente a 1,5 veces el ingreso bruto máximo de la Categoría «K» (es decir, $ 5,550,000 por año) y sus activos en el país y en el extranjero no excedan los $ 6, 5 millones.